coronavirus

¿Qué se puede hacer en la fase 2 de la desescalada en España?

La relajación de las restricciones se nota especialmente en el ámbito del consumo y las diversas maneras de ocio diurno.

Las calles de Zaragoza se llevan a la hora del paseo
Las calles de Zaragoza se llevan a la hora del paseo
Oliver Duch

Si las cifras continúan el curso actual y se cumplen los requisitos exigidos por el Ministerio de Sanidad, Aragón es serio candidato a pasar a la fase 2 de la desescalada, algo que se haría efectivo el lunes 25 de mayo, dos semanas después del comienzo de la fase 1. En esta fase 2 o intermedia se abren de manera parcial (con limitaciones de aforo) los bares y restaurantes que en la fase 1 o inicial solamente podían abrir las terrazas. También pasarán a estar disponibles zonas comunes de alojamientos turísticos y grandes superficies comerciales...

Este sábado 16 de mayo una orden del Ministerio de Sanidad publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) fija las condiciones de aplicación de la fase 2 de la desescalada que estarán activas a partir del lunes en la isla de Formentera (Baleares), y las de La Graciosa, El Hierro y La Gomera (Canarias).

Tomar algo bajo techo

Es ya posible en la fase 2, con un límite de aforo del 50% y solo con servicio de mesas (no barra). No se pueden abrir aún los bares nocturnos y las discotecas. 

El consumo dentro del local únicamente podrá realizarse sentado en mesa, o agrupaciones de mesa, y preferentemente mediante reserva previa. En ningún caso se admitirá el autoservicio en barra por parte del cliente. Las condiciones de las terrazas siguen siendo las mismas que las fijadas en la orden de 9 de mayo.Habrá que proceder a la “limpieza y desinfección del equipamiento, en particular mesas, sillas, así como cualquier otra superficie de contacto, entre un cliente y otro.

¿Abren los cines, teatros, auditorios y salas de conciertos?

Pueden hacerlo reduciendo su capacidad a un tercio, y siempre con butaca asignada. Se podrán realizar espectáculos para un máximo de 50 personas o, en su defecto, igualmente a un tercio de capacidad. Los monumentos, salas de exposiciones, centros de exhibición y museos serán visitables a un tercio de su aforo y deben establecer condiciones para evitar aglomeraciones. Los espectáculos al aire libre no podrán pasar de 400 personas, y deberán permanecer sentadas. Se recomienda la venta on line de entradas, y se permite la prestación de servicios complementarios, tales como tienda, cafetería o similares.

La orden incorpora medidas específicas para los trabajos asociados al montaje y desmontaje de exposiciones temporales.

Las bibliotecas podrán acoger actividades de consulta en sala siempre que no se supere un tercio del aforo autorizado.

¿Abren los colegios?

De acuerdo con lo previsto en el artículo 7 del Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, las administraciones educativas podrán disponer la flexibilización de las medidas de contención y la reanudación de las actividades presenciales en el ámbito educativo no universitario y de la formación, correspondiéndoles asimismo la ejecución de dichas medidas. Asimismo, las administraciones educativas podrán decidir mantener las actividades educativas a través de las modalidades a distancia y ''online', siempre que resulte posible, y aunque no fuera esta la modalidad prestacional educativa establecida como forma específica de enseñanza en los centros.

¿Y las autoescuelas o las academias?

Podrán reanudar su actividad presencial, siempre que no se supere un tercio de su aforo. Asimismo, deberán priorizar, siempre que sea posible, las modalidades de formación a distancia y 'online'. Los centros educativos y de formación deberán poner a disposición del público, y en todo caso en la entrada del centro, dispensadores de geles hidroalcohólicos o desinfectantes que deberán estar siempre en condiciones de uso. En el caso de las clases prácticas de conducción será obligatorio el uso de mascarillas en el vehículo de prácticas, tanto por el profesor o profesora como por el alumno o alumna. Asimismo, se deberá limpiar y desinfectar el vehículo de prácticas.

¿Reuniones privadas? ¿De cuánta gente?

En la fase 1 se pueden juntar hasta 10 personas en casas particulares o espacios acotados, con la recomendación de no variar de compañía en cada reunión. En la fase 2 se abre la posibilidad de ampliar el número de personas que puedan mantener contacto social a 15, siempre y cuando no se incluyan a personas vulnerables al contagio (mayores de 65 años, personas con patologías severas previas). Se permitirán las bodas velatorios con limitación de aforo y distancia social suficiente.

Comercio y centros comerciales

Regresan a la actividad los grandes centros comerciales, con el aforo limitado al 40 % y distancia de dos metros entre clientes; si esta distancia no es posible debido a las dimensiones del establecimiento, se limitará el aforo a un cliente a la vez. Deberán garantizar un horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años. En los centros no estarán hábiles las zonas comunes ni las recreativas. La orden amplía el número de puestos que pueden operar en mercados al aire libre a un tercio de los puestos habituales o autorizados y limita la afluencia de clientes para asegurar el mantenimiento de la distancia social de dos metros.

¿Están permitidas las rebajas?

Podrá haber rebajas, siempre respetando las medidas de seguridad e higiene y evitando aglomeraciones. Deberán cesar de inmediato las acciones comerciales o de promoción si resultara necesario.

Los deportes

Se podrá entrenar en grupo en ligas profesionales, y en régimen básico entre los no profesionales. Pueden volver los campeonatos (a puerta cerrada) y los deportes sin riesgo de contagio por tema de proximidad a otras personas.

Se disponen los criterios y condiciones para el entrenamiento en ligas no profesionales y para la reanudación de las ligas profesionales y la reapertura de las instalaciones deportivas cubiertas y de las piscinas para uso deportivo, por turnos horarios y con cita previa.

Se amplían a veinte personas los grupos que pueden realizar actividades de turismo activo y de naturaleza, además de permitirse la celebración de congresos, encuentros, reuniones de negocio y conferencias sin que se supere la cifra de cincuenta asistentes.

La orden decide que será el Consejo Superior de Deportes quien decidirá el número de personas que podrán acceder a los estadios y pabellones en los que la competición profesional tenga lugar "por ser necesarias para el adecuado desarrollo de la misma".

Apertura de gimnasios

Según lo recogido en el BOE del 16 de mayo está permitida la apertura de instalaciones deportivas cubiertas en la fase 2 siempre que se cumplan una serie de medidas. Ante esta realidad, algunos centros de Zaragoza ya han reanudado su actividad, otros no lo tienen todavía claro y otros esperan a la fase 3 de desescalada confiados en que se relajen las condiciones.

La fase 2 elimina las franjas horarias

Fernando Simón, director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias del Ministerio de Sanidad, anunció en rueda de prensa este jueves 21 de mayo, que en la fase 2 se eliminarán las franjas horarias de los paseos y de las actividades físicas no profesionales, pero se reservará una franja exclusiva para las personas más vulnerables que seguirá siendo de 10.00 a 12.00 y de 19.00 a 20.00. Además, los municipios con menos de 10.000 habitantes tampoco tienen restricciones horarias, según la Orden SND/427/2020 del Ministerio de Sanidad, publicada en el BOE este 22 de mayo.

Teletrabajo

La orden sigue recomendando el teletrabajo e incorpora medidas que buscan garantizar la protección de los trabajadores, así como para evitar la concentración de personas en determinados momentos en el nuevo escenario proporcionado por esta fase 2.

Hoteles y alojamientos turísticos.

Podrá procederse a la reapertura al público de las zonas comunes de hoteles y alojamientos turísticos, la de establecimientos destinados a actos y espectáculos culturales, pero siempre con el límite de un tercio de su aforo y bajo medidas de seguridad. Cada establecimiento deberá determinar los aforos de los distintos espacios comunes, así como aquellos lugares en los que se podrán realizar eventos y las condiciones más seguras. Las actividades de animación o clases grupales deberán diseñarse y planificarse con un aforo máximo de veinte personas.

Piscinas recreativas y playas

Se establecen las condiciones para la apertura al público de las piscinas recreativas, que tendrán un aforo máximo del 30% de capacidad de la instalación y cita previa. También las del tránsito y permanencia en las playas, donde se permiten actividades deportivas, profesionales o de recreo siempre que se puedan desarrollar individualmente y sin contacto físico, con una distancia mínima de dos metros entre los participantes. El Gobierno modificó este miércoles la orden sobre el uso de playas al suprimir la referencia a los seis metros a contar desde la orilla en pleamar, por lo que el aforo se calculará considerando que la superficie de playa a ocupar por cada bañista será de aproximadamente cuatro metros cuadrados.

Actividades taurinas

La Orden SND/507/2020, de 6 de junio, publicada en el BOE especifica que todas las plazas, recintos e instalaciones taurinas al aire libre podrán desarrollar su actividad siempre que no superen un tercio del aforo y un máximo de 400 personas.

Congresos

Se permite la realización de congresos, encuentros, reuniones de negocio y conferencias en pabellones de congresos, salas conferencias, salas multiusos y otros establecimientos e instalaciones similares. El tope es de 50 asistentes y se insta a promover la participación no presencial.

Investigación

Las orden establece las condiciones y el aforo máximo para la vuelta a la actividad de las residencias de personal investigador, científico y técnico.

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