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Restricciones de la nueva normalidad en Aragón: de los bares a cines o teatros

El ocio nocturno, en situación precaria este verano, tendrá nuevas regulaciones en Zaragoza desde este viernes 11 de septiembre.

Una de las terrazas de Zaragoza preparada para la nueva normalidad.
Una de las terrazas de Zaragoza preparada para la nueva normalidad.
Toni Galán

El Boletín Oficial de Aragón (BOA) publicó el pasado viernes 4 de septiembre la Orden SAN/828/2020, por la que se acordó la reincorporación plena al régimen de nueva normalidad de las Comarcas de Bajo Cinca, Bajo Aragón Caspe, Comarca Central y municipio de Huesca. Estas zonas permanecían aún en la fase 2 de la desescalada, a la que regresaron tras la detección de un considerable número de casos positivos por la covid-19 a principios de verano. La nueva normalidad se había instaurado en el territorio nacional el 21 de junio; las comarcas citadas fueron retrocediendo a fase 2 en las semanas subsiguientes, tras la aparición de un número considerable de casos positivos, y se mantuvieron así hasta el citado 4 de septiembre. Este martes 8, tan solo cuatro días después, Ejea de los Caballeros ha quedado en situación de confinamiento perimetral, a instancias del Gobierno de Aragón, para frenar la oleada de contagios que padecen en los últimos días.

El uso obligatorio de mascarilla ya no es novedad; se trata de una norma generalizada a todos los ámbitos públicos y aunque se mantenga la distancia social de metro y medio, con la salvedad del momento de la ingesta de comida o bebida. También está vigente la recomendación de limitar los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable, y sin superar un máximo de 10 personas.

Además, este martes 8 de septiembre el Gobierno de Aragón ha suspendido las fiestas del Pilar de 2020 y el resto de festejos populares y celebraciones multitudinarias de toda la comunidad hasta el 31 de diciembre. Así lo ha anunciado la consejera de Sanidad, Sira Repollés, en una comparecencia ante los medios en la que también ha explicado que se va a decretar el confinamiento perimetral de Ejea de los Caballeros. Se capacita a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad la competencia para aplicar medidas provisionales sin necesidad de ratificación administrativa previa.

LAS RESTRICCIONES EN ZARAGOZA, HUESCA Y TERUEL

Fiestas patronales

Se suspenden todas las fiestas patronales hasta el 31 diciembre.

Salas de juego y apuestas

Se concreta la limitación de horarios de los locales de juego y apuestas a la 1 de la madrugada.

Reuniones sociales

Todas las reuniones sociales (bodas, bautizos comuniones y otras celebraciones particulares en locales públicos), deberán tener un aforo de 50 personas en espacios cerrados, cumpliendo las agrupaciones máximas en mesas de 10 personas, y a 100 en espacios abiertos, con las mismas condiciones.

Cultura

En este segmento, los cines, teatros, bibliotecas, salas de exposiciones y auditorios pueden llenar su aforo al 75%.

Eventos y actividades multitudinarias

En este apartado, la normativa emana de la disposición del ministerio de Sanidad del pasado 17 de junio, por la cual se tienen en cuenta factores como el número de asistentes y sus características, como donde se va a desarrollar el evento (acceso al sistema de salud, tamaño del lugar, desarrollo en el interior o al aire libre, control de aforo), la interacción esperada entre las personas que asisten con la gestión de los puntos de acceso, posibilidad de aglomeraciones o desarrollo de actividades que puedan promover la transmisión, como cantar o gritar, además de compartir objetos o consumo de alcohol.

También se evalúa la duración esperada del evento; además, también hay que tener en cuenta desde el principio que la evaluación del riesgo es la situación epidemiológica, que debe constatar un nivel bajo de transmisión en la comunidad autónoma, provincia, municipio o unidad territorial en el que se desarrolle el evento. La capacidad o no de adoptar medidas de prevención y control en mayor o menor grado será determinante para definir si es posible realizar o no el evento, o establecer una serie de condiciones para ello. Así, se considerará valorar cancelar o posponer los eventos de muy alto y alto riesgo o establecer una serie de condiciones en cuanto a limitaciones del aforo de participantes y medidas de prevención en los eventos de moderado o bajo riesgo.

Ocio, hostelería y restauración

Desde el 4 de septiembre, las condiciones para el sector son aforo hasta el 75%, distancia interpersonal mínima de 1,5 metros en el servicio en barra, distancia mínima entre mesas o agrupaciones de mesas de 1,5 metros, máximo de 10 personas por mesa o agrupación de ellas, terrazas al aire libre con aforo potencial del 100% y cierre de ocio nocturno, las peñas y prohibición del botellón. No obstante, este lunes 7 de septiembre trascendió que El Ayuntamiento de Zaragoza permitirá a las discotecas de la ciudad subir la persiana para ofrecer un servicio de cafetería. El gobierno PP-Cs tiene previsto aprobar para ello un decreto este viernes 11 de septiembre con el que favorecer la actividad del ocio nocturno.

Vía pública

El consumo de alcohol en la vía pública sigue estando prohibido, y se refuerzan los controles para impedir el consumo de alcohol que no esté autorizado y otras actividades no permitidas en la vía pública. En cuanto al consumo de tabaco y asimilados, no se puede fumar en la vía pública o en espacios al aire libre cuando no se pueda respetar la distancia mínima interpersonal de 2 metros; está limitación también es aplicable a cigarrillos electrónicos, pipas de agua, cachimbas o asimilados.

Educación

La instrucción alude a guías específicas para cada tipo de centro educativo, desde guarderías del Gobierno de Aragón a centros de educación infantil y primaria dependientes del Gobierno de Aragón, centros de educación secundaria y formación profesional dependientes del Gobierno de Aragón, centros de educación especial dependientes del Gobierno de Aragón, conservatorios de música de la Comunidad Autónoma de Aragón, escuelas oficiales de idiomas del Gobierno de Aragón o centros educativos de enseñanza para personas adultas, según la Orden ECD/794/2020 del 27 de agosto, publicada al día siguiente en el BOA.

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