Estos son los gastos que puedes deducirte en la declaración de la renta y quizá no sabías

La declaración puede salir a pagar si no se incluyen las deducciones. Estos son los gastos a tener en cuenta para que la renta salga a devolver.

Cuándo se puede presentar la Declaración de la Renta 2022-2023
Cuándo se puede presentar la Declaración de la Renta 2022-2023
Marta Fernández / Europa Press

La campaña de la Renta 2022-2023 ya ha comenzado y muchos son los conceptos que el contribuyente debe tener en cuenta a la hora de presentar el borrador de la declaración, cuyo plazo concluye el 30 de junio. Saber qué gastos se desgravan y cuáles no es una cuestión, sin duda, prioritaria. Los deducibles son aquellos que, estando establecidos por la normativa, se pueden descontar de los ingresos brutos generados, un ahorro que se hace efectivo en la declaración, teniendo que pagar menos por la renta y el impuesto. Estos son algunos de ellos: 

Gastos del alquiler o de la vivienda en propiedad

Si el contribuyente firmó un préstamo hipotecario para la compra de vivienda antes del 1 de enero de 2013, puede desgravarse hasta el 15% de lo pagado (un 7,5% estatal y un 7,5% autonómico) en el último año con una base máxima de 9.040 euros, esto es, puede desgravar 1.356 euros en su declaración de la renta. Asimismo, se pueden deducir los gastos de escritura de compra y de hipoteca (notario, gestoría, tasación e impuestos como el IVA), así como del seguro del hogar o de vida que estén vinculados.

Por su parte, las deducciones autonómicas al alquiler, con diferentes porcentajes según regiones, están destinadas a contribuyentes jóvenes, mayores de 65 años o con discapacidad o a familias numerosas. Ahora bien, los contribuyentes que tengan un contrato de arrendamiento firmado antes del 1 de enero de 2015 (incluidas ampliaciones posteriores) tienen una desgravación estatal del 10,05% del alquiler pagado, hasta un máximo de 24.197,20 euros anuales de base imponible.

Deducción por maternidad y paternidad 

Las madres que cuenten con un hijo menor de tres años podrán acogerse a la deducción por maternidad (deducción por madre trabajadora). Esta deducción son 100 euros mensuales hasta que el hijo menor cumpla los tres años de edad. Es decir, un ahorro fiscal anual de 1.200 euros sobre la declaración de la Renta, que se podrá percibir mes a mes o de forma anual. 

Deducciones por hijos a cargo de contribuyente

Se denomina mínimo personal y familiar a la parte de la renta por la que no se tributa al destinarse a satisfacer las necesidades básicas personales y familiares. Se obtiene sumando los mínimos por contribuyente, descendientes, ascendientes y por discapacidad. Requisitos que deben cumplir los descendientes:

  • Que sean menores de 25 años. Si son mayores de 25 años, que tengan un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
  • Que convivan con el contribuyente que o dependan económicamente de él, salvo casos especiales como la custodia compartida.
  • Que no tengan rentas, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros anuales.
  • Que no presenten declaración con rentas superiores a 1.800 euros.

Deducción por familia numerosa o monoparental

Las familias numerosas y las monoparentales de dos o más hijos se desgravan hasta 1.200 euros anuales, cantidad que aumenta hasta los 2.400 en caso de ser familia numerosa especial. También hay deducciones especiales si el contribuyente convive (durante al menos seis meses al año) con ascendientes mayores de 65 años o discapacitados.

Deducción por planes de pensiones

En la Renta de 2022 la deducción máxima por los planes de pensiones privados pasa de 2.000 a 1.500 euros. Por otra parte, los planes de pensiones de empresa se mejora la deducción hasta los 8.500 euros.

Por donaciones a ONG

Las donaciones a las organizaciones no gubernamentales (ONG) también podrán desgravarse en la declaración de la Renta. El gravamen será del 80% para los primeros 150 euros. En el caso de superar dicha cantidad se podrá deducir el 40%, si se ha donado en los dos ejercicios anteriores una cantidad igual o superior al año anterior. Para el resto de los casos será del 35%.

Por afiliación a sindicatos

La cuota de los sindicatos puede desgravarse y la cuantía será entre un 20% y un 35% según los casos. La casilla de la deducción en este caso es la 14 de la declaración de la Renta.

Deducción por inversión en nuevas empresas

Las personas físicas que decidan invertir en la creación de nuevas empresas podrán deducirse hasta el 30 % de las cantidades por participaciones en empresas emergentes. La base máxima será de 60.000 euros.

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