renta 2020

Esta es la documentación necesaria para presentar la declaración de la Renta 2020

Es necesario pedir cita previa para las declaraciones telefónicas (comienzan a hacerse el 6 de mayo) o presenciales (2 de junio).

Fila para hacer la declaración de la renta en la anterior campaña en Zaragoza
Fila para hacer la declaración de la renta en la anterior campaña en Zaragoza
José Miguel Marco

La campaña de la Renta 2020 comenzó de manera formal este miércoles 7 de abril, primer día hábil para solicitar el borrador de la declaración por internet, revisarlo y cumplimentarlo en caso de que no haya ningún error u omisión. Para este trámite, más allá de la correcta identificación por Certificado digital, DNI electrónico o Sistema Cl@ve PIN, no hay que aportar documentos suplementarios si no lo requiere la Agencia Tributaria, a través de cuya web (agenciatributaria.es) o App puede hacerse este proceso.

Para optar por la vía telefónica o la presencial, el primer paso es pedir cita a través de internet, la App de la Agencia Tributaria o los teléfonos 901 12 12 24 o 91 535 73 26 (automático) y 901 22 33 44 o 91 553 00 71 (de lunes a viernes, de 9 a 19.00) para atención personal. Una vez conseguida esa cita, para la cual se obtendrá un número de referencia, la confección de las declaraciones por vía telefónica (se puede pedir desde el 4 de mayo) comienza el 6 de mayo, y la presencial (se puede pedir cita desde el 27 de mayo) el 2 de junio.

Documentos requeridos para hacer la declaración de la Renta 2020

Para recibir la atención telefónica o presencial será necesario tener a mano el citado número de referencia del titular o titulares de la declaración. Los demás requisitos documentales son los siguientes:

  • El número del DNI de todos los que figuren en la declaración.
  • El número IBAN de cuenta bancaria.
  • Las referencias catastrales de todos los inmuebles de su propiedad o en los que viva de alquiler o en otras circunstancias (Recibo del IBI).
  • Importe de las cuotas satisfechas a sindicatos y de las cuotas satisfechas a colegios profesionales (si la colegiación es obligatoria).
  • Justificante de las cantidades percibidas por seguros cancelados y que hayan sido contratados antes del 31 de diciembre de 1994.
  • Cualquier justificante que pudiera dar derecho a deducciones autonómicas u otro beneficio fiscal, como el NIF del arrendador y cantidades pagadas por el alquiler (si se vive en un inmueble arrendado) o los saldos pendientes de amortizar del préstamo original por adquisición de vivienda habitual con ampliación del préstamo. También serían necesarios los recibos de los seguros si se tiene hipoteca, y justificantes de cualquier tipo de donativo deducible. 

Otros documentos para la declaración de la Renta 2020

En los relativos a rendimientos laborales o patrimoniales, la documentación adicional requerida es la siguiente:

  • Rendimientos de trabajo. Certificado emitido por el pagador o, si fuere el caso, documentación relativa al despido o cese: importe de la indemnización, fecha de acuerdo del despido o cese, de aprobación del expediente de regulación de empleo o de apertura del período de consultas a la autoridad laboral, en caso de despido colectivo.
  • Rendimientos del capital inmobiliario. Alquileres de pisos, locales, plazas de garaje u otros inmuebles de los que se sea propietario o usufructuario. Relación y justificantes de ingresos (contratos) y gastos deducibles (facturas). No se confeccionan declaraciones de Renta con alquileres turísticos con plataforma.
  • Rendimientos del capital mobiliario. Certificados de empresas, entidades financieras y de seguros, contratos o recibos de gastos de los que haya percibido este tipo de rentas.
  • Rendimientos de actividades económicas en estimación objetiva (módulos). Documentos acreditativos de los elementos o parámetros de la actividad utilizados durante el año. Según la actividad, por ejemplo, personal empleado, consumo de energía eléctrica, superficie del local, potencia fiscal del vehículo, ingresos, libros de bienes de inversión, etc.
  • Ganancias y pérdidas patrimoniales. Documentación de fondos de inversión, premios y derechos de suscripción, o justificante subvenciones percibidas.
  • Regularización. Aquí se alude a la devolución de intereses percibidos de cláusulas suelo: certificado de la entidad financiera indicando los ejercicios a los que corresponde el interés excesivo cobrado por cláusulas suelo nulas.

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