Cómo reclamar al SEPE los retrasos en las prestaciones de los ERTE

Con la entrada en fase 2 las oficinas del SEPE están cerradas al público, pero se sigue trabajando en ellas y se ha ampliado el horario de atención telefónica.

OFICINA DE EMPLEO ( INAEM ) / 04/09/2018 / FOTO : OLIVER DUCH [[[FOTOGRAFOS]]]
Una oficina del Instituto Aragonés de Empleo, Inaem.
Oliver Duch

Los retrasos en los pagos de las prestaciones correspondientes a los ERTE han generado en los últimos días severas polémicas entre los trabajadores afectados. La prórroga de la fórmula del Expediente de Regulación Temporal de Empleo se estudió el pasado 27 de mayo en el Consejo de Ministros: con unas exenciones de cuotas que fluctúan entre el 45% y el 85%, la citada prórroga tendrá un impacto máximo de 3.370 millones, según cálculos gubernamentales. Se trata de una medida de fuerza mayor, para paliar el impacto de la covid-19 en los ritmos productivos, pero muchos trabajadores ya han notado en carne propia los efectos directos de esta crisis, por la no percepción de la parte de sus salarios que corresponde al Estado en esta circunstancia.

Los trabajadores buscan el modo más eficaz de reclamar por la demora en los pagos del ERTE. Las reclamaciones deben hacerse en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), en la oficina de referencia de cada trabajador. El SEPE recuerda que en caso de ERTE los trabajadores “no tienen que presentar solicitud de prestación por desempleo. Su empresa se encargará de hacerlo cuando esté aprobado el ERTE. Si usted está afectado por un ERTE, no presente solicitud, ni solicite cita previa”.

Desbordados

El pasado 3 de abril, previendo el aluvión de solicitudes que iban a llegar a sus oficinas, el SEPE aclaró en una nota dirigida a las empresas que “se está recibiendo un volumen de expedientes que hace difícil su tramitación electrónica y conducen a una saturación de los sistemas disponibles en la Administración General del Estado (Registro Electrónico Común), y en el propio SEPE”. También aclaró que “razones de seguridad jurídica y tecnológica aconsejan remitir la documentación por los canales legalmente establecidos, conforme vaya siendo posible (aunque pueda producirse una dilatación en los plazos por causas ajenas a la voluntad de las empresas): las solicitudes se envían a través del Registro Electrónico Común y los certificados de empresa a través de la aplicación Certific@2”.

El clima de crispación no viene solamente de los incumplimientos en el plazo. Hay casos de impago total de la prestación, o bien de cantidades que no se corresponden con lo esperado. El SEPE ha habilitado un correo, miprestacion2020@sepe.es, para canalizar las quejas y también sugieren el contacto telefónico en el número 900 812 400 desde las 8.00 a las 20.00 de lunes a viernes, que, según muchos afectados, está siempre colapsado. Con la entrada en fase 2 las oficinas del SEPE están cerradas al público, pero se sigue trabajando en ellas y se ha ampliado el horario de atención telefónica. Una vez presentada la queja, el plazo normal de respuesta desde el SEPE es de unos 20 días.   

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