covid-19

Qué derechos tienen los padres si sus hijos se contagian de coronavirus en el colegio

La conciliación entre el entorno laboral y el familiar tiene un nuevo elemento que la hace aún más complicada.

Vuelta al cole en Parque Goya.
Vuelta al cole en Parque Goya.
ARANZAZU NAVARRO

Con el regreso a clase marcado por la incertidumbre, las primeras alternativas de solución van emergiendo poco a poco, como la jornada continua para infantil y primaria que, a modo de recomendación sanitaria, anunció Aragón este viernes 21 en rueda de prensa. Sin embargo, parece inevitable que haya casos de contagio en los días posteriores al retorno de los niños a las aulas, contagios que se extenderán a sus residencias. Además del trastorno de salud y de la lógica alteración de la vida familiar, ese hecho también marcará laboralmente a sus padres, puesto que deberán coger la baja y aislarse durante el tiempo que determinen sus médicos.

Si finalmente se abren los colegios en las fechas previstas del mes de septiembre, será indispensable contar con un protocolo claro de prevención y las medidas de control específicas que deberá ejercer el personal responsable en los centros educativos, desde el directivo al docente o asistencial.

Estatuto de los Trabajadores

En España, los permisos en el trabajo están regulados por el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores; aunque naturalmente no contempla la situación concreta de la pandemia actual, sí recoge supuestos en los que los trabajadores pueden ausentarse de su puesto sin perder el derecho a remuneración, siempre y cuando sea con previo aviso y de forma justificada. Por ejemplo, se dan quince días naturales en caso de matrimonio. Se habla igualmente de dos días por el nacimiento de hijo y por el fallecimiento, accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario, de parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad. Este sería el supuesto al que correspondería la situación del contagio por la covid-19 de un menor dentro del Estatuto de los Trabajadores. Dado que el periodo de confinamiento en estos casos para todos los convivientes es de 14 días, el Estatuto no ampara la situación a estudio. Por ahora, Educación está valorando la puesta en marcha de un permiso retribuido o baja para aquellos padres cuyos hijos tengan que guardar cuarentena por la covid-19: "Son fórmulas que hemos de articular", afirma la ministra de Educación y Formación Profesional, Isabel Celaá. Además, la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha asegurado que el Gobierno va a desplegar las medidas necesarias para que los trabajadores puedan cuidar de sus hijos, proteger a los docentes, evitar contagios y preservar la educación. El Ejecutivo pretende prorrogar el plan 'Me cuida' para permitir que los padres con hijos con coronavirus puedan acogerse a una flexibilización de su jornada laboral. 

El vicepresidente del Ejecutivo Pablo Iglesias ha asegurado este miércoles 2 de septiembre que sí habrá bajas laborales remuneradas para los progenitores cuyos hijos no enfermen pero deban guardar cuarentena tras haber dado positivo en coronavirus algún miembro de su 'grupo burbuja' en el colegio. Esta alternativa permite una incapacidad temporal que reconozca al menos el 75% de su cotización.

Otro punto interesante en ese mismo artículo del Estatuto. "Quien por razones de guarda legal tenga a su cuidado directo algún menor de doce años o una persona con discapacidad que no desempeñe una actividad retribuida tendrá derecho a una reducción de la jornada de trabajo diaria, con la disminución proporcional del salario entre, al menos, un octavo y un máximo de la mitad de la duración de aquella. Tendrá el mismo derecho quien precise encargarse del cuidado directo de un familiar, hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo, y que no desempeñe actividad retribuida.

Otro elemento que debe considerarse, naturalmente, es el convenio colectivo de cada sector, a fin de saber si en ellos se contemplan derechos adicionales para los trabajadores ante la enfermedad de los familiares. Urge igualmente una normativa para regular el teletrabajo en los casos en que sea posible, por ser la alternativa que resolvería la conciliación entre el aislamiento, el cuidado del niño enfermo y el desempeño laboral. 

Última hora del coronavirus.

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