Las ayudas que puedes pedir en 2023 si estás trabajando: del alquiler al IMV

El 1 de enero entró en vigor el aumento de la cuantía de algunas de las prestaciones que gestionan el SEPE y la Agencia Tributaria.

Las ayudas que puedes pedir en 2023 si estás trabajando
Las ayudas que puedes pedir en 2023 si estás trabajando
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La inflación disparada desde hace meses como consecuencia de la guerra en Ucrania ha menguado el poder adquisitivo de los españoles. Pero, en contra de lo que se puede llegar a creer, no solo las personas en situación de desempleo tienen derecho a recibir subsidios: el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y la Agencia Estatal de Administración Tributaria contemplan cuatro ayudas sociales que pueden pedir los trabajadores en 2023. Al ya conocido Ingreso Mínimo Vital o al bono de alquiler, se une la ayuda familiar o el cheque de 200 euros para las familias con bajo nivel de ingresos, contemplado en el paquete de medidas anticrisis que lanzó el Gobierno de España a finales de 2022. Pero, para acceder a ellos, es necesario que cumplir una serie de requisitos.

El elevado precio de los bienes y servicios hace que estas prestaciones sean esenciales. Además, la ventaja de alguno de los subsidios que gestiona el SEPE, dependiente del Ministerio de Trabajo y Economía Social, liderado por Yolanda Díaz, y que se dirigen a las personas que están trabajando, es que son compatibles con un empleo, por lo que no es necesario estar en paro para solicitarlos. Aunque, en la mayoría de ocasiones, es el desconocimiento el que lleva a no pedirlos.

Ingreso Mínimo Vital

Con el nuevo año, fueron muchos los cambios que entraron en vigor en materia económica, y algunos afectaban a una de las prestaciones más importantes que están en manos del SEPE: el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Desde el 1 de enero de 2023, su cuantía aumentó un 8,5%.

Se trata de una renta básica que se puede compaginar con un trabajo y que aporta unos ingresos extra mensuales a las familias vulnerables, con bajos recursos. El incremento del importe se aplica de forma automática, por lo que los beneficiarios no tienen que hacer ningún trámite. De hecho, el SEPE apuesta por simplificar el proceso de solicitud, de manera que se pueda hacer por correo electrónico y con una foto del DNI, sin certificado digital.

Así, la cuantía que se recibirá a lo largo de este año es la siguiente:

  • Para un beneficiario individual: 533 euros al mes -42 euros más que en 2022-.
  • Para un adulto y un menor, o dos adultos: 693 euros al mes -54 euros más-.
  • Para un adulto y dos menores, dos adultos y un menor, o tres adultos: 853 euros al mes -66 euros más-.
  • Para un adulto y tres menores, dos adultos y dos menores, tres adultos y un menor, o cuatro adultos: 1.013 euros al mes -80 euros más-.
  • Para un adulto y cuatro o más menores, dos adultos y tres o más menores, o tres adultos y dos o más menores: 1.181,93 euros al mes -100 euros más-.

Ayuda de 100 euros por hijo

Todas las familias que tengan menores a cargo pueden pedir el cheque familiar, que es un complemento del IMV. Esta ayuda será de 100 euros al mes para quienes tengan hijos de cero a tres años, de 70 euros si tienen entre dos y seis años, y de 40 euros si tienen entre seis y 18 años. No obstante, para convertirse en beneficiarios deben reunir las condiciones que establece el SEPE:

  • Tener, como mínimo, 18 años y no recibir la pensión contributiva por jubilación o incapacidad permanente.
  • Haber cumplido un año de residencia legal en España.
  • Haber vivido de manera independiente, al menos, un año en el caso de familias, y tres años las personas solas.
  • Que la unidad de convivencia se haya formado, como mínimo, un año antes de pedir el IMV.
  • Haber solicitado previamente las prestaciones a las que se pudiera tener derecho.
  • También podrán percibirlo quienes sean usuarios temporalmente de una prestación de servicio residencia, de carácter social, sanitario o socio-sanitario.

Bono joven de alquiler

Los jóvenes de entre 18 y 35 años pueden hacerse con el bono de alquiler, que gestionan las Comunidades Autónomas. El objetivo de esta ayuda es impulsar el acceso a una vivienda o habitación en un piso compartido.

La cuantía de la prestación es de 250 euros al mes, que pueden recibirla durante 24 meses las personas que acrediten rentas de trabajo y unos ingresos anuales inferiores a tres veces el IPREM –23.725,80 euros anuales-.

A su vez, la residencia debe ser la habitual y permanente, y la cuantía máxima del alquiler es de hasta 600 euros mensuales, con la posibilidad de que las autonomías lo amplíen a 900 euros al mes, y de 300 en el caso del alquiler de habitaciones.

Cheque de 200 euros

Desde el pasado 15 de febrero, y hasta este 31 de marzo, los contribuyentes podrán solicitar el cheque de 200 euros a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.

Esta es una ayuda de pago único a la que solo podrán acceder quienes recibieran unos ingresos inferiores a 27.000 euros anuales en 2022, y tengan un patrimonio menor de 75.000 euros anuales. Esto se computará de forma conjunta con el cónyuge o pareja, y con los ascendientes hasta segundo grado que convivan en el mismo domicilio.

Asimismo, solo podrán estar entre los beneficiarios aquellos que tengan su residencia habitual en España, hayan cotizado, al menos, 30 días a la Seguridad Social o cobren una prestación por desempleo.

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