Estas son las nuevas ayudas y permisos que contempla la nueva Ley de Familias

El Consejo de Ministros aprobó este martes la ley que también equipara los derechos de las parejas de hecho a los de los matrimonios.

Familia.
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El número de familias numerosas acaba de aumentar en España, gracias a la aprobación de la nueva Ley de Familias desde el Gobierno. Así lo ha anunciado este martes 28 de marzo la ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra, que ha señalado que "con esta ley empezamos a corregir una injusticia histórica también con las familias monoparentales con dos hijos, al equipararlas a las numerosas". La norma incluye tres nuevos permisos para el cuidado de familiares o convivientes y reconoce los diferentes tipos de familias, desde las que incluyen algún miembro con discapacidad a las adoptivas, reconstituidas, LGTBI, múltiples o acogedoras. "No queremos un país en el que todavía hoy las familias LGTBI tengan que escuchar discursos de odio contra ellas en la televisión", ha resaltado Belarra.

Una ley que se basa en tres pilares fundamentales: la conciliación, el reconocimiento o las distintas formas de ser familia y un refuerzo estructural a la crianza. Se pretende que la Ley de Familias entre en vigor esta legislatura sin la prohibición del "pin parental", una medida retirada finalmente por Derechos Sociales por recomendación del Consejo de Estado.

Nuevas ayudas de conciliación según la Ley de Familias

  • Permiso de cinco días remunerados para cuidado familiar o de conviviente por "accidente, enfermedad grave, hospitalización o cirugía con cuidados en casa" de un familiar hasta segundo grado o de cualquier persona con la que se conviva.
  • Permiso por "causa de fuerza mayor" hasta 4 días al año, que se podrá disfrutar por horas en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata, por ejemplo que llamen a la madre o el padre del colegio porque su hijo se ha puesto malo.
  • Permiso de 8 semanas hasta que los menores tengan 8 años, que se podrá disfrutar a tiempo completo o a tiempo parcial (de manera continua o no) sin remunerar para padres y madres para cuidado de los hijos. Por ejemplo, en el caso de las adaptaciones a las escuelas de educación infantil o los meses de julio.
  • Ampliación de la ayuda de crianza de 100 euros hasta los 3 años a mujeres desempleadas que cobren una prestación por desempleo contributiva o no contributiva y también a las que trabajen a tiempo parcial que la cobrarán ahora de manera completa. También recibirán esta ayuda las que hayan cotizado 30 días a partir del parto aunque no cumplieran antes con los requisitos, incompatible con el ingreso mínimo vital que da 100 euros por hijo.

Reconocimiento o las distintas formas de ser familia

Son familias que ya existían en España desde hace tiempo, pero que todavía no estaban equiparadas en derechos. 

  • Las parejas de hecho tendrán un permiso de 15 días por registrarse y tendrán derecho a otros permisos de cuidados, exactamente igual que los matrimonios.
  • Registro estatal de parejas de hecho
  • Los hijos de parejas no casadas pueden ser inscritos por el progenitor no gestante

Nuevos derechos según la Ley de Familias

Entre las nuevas medidas destacan:

  • Reconocimiento y protección para las familias LGTBI, con algún miembro con discapacidad, familias múltiples, reconstituidas, adoptivas y acogedoras.
  • Permisos y prestaciones en caso de acogimiento de menores o guarda con fines de adopción.
  • Derecho a la atención temprana "gratuita y de calidad" y no limitada a la primera infancia. 

Más familias 'numerosas'

Con la nueva norma ascenderán a más de un millón las conocidas hasta ahora como "familias numerosas", que pasan a denominarse "familias con mayores necesidades de apoyo a la crianza", ya que incorpora a unos 300.000 hogares de un solo progenitor con dos hijos que pasan a tener esa condición que reconoce derechos y ayudas. Estas son las familias que se suman a este título, con los beneficios que conllevan:

  • Las familias monoparentales con dos hijos. Se facilitará el acceso de este colectivo a las políticas de vivienda, de conciliación y de educación infantil.
  • Las de dos hijos encabezada por una víctima de violencia de género.
  • La formada por un cónyuge que haya obtenido la guarda y custodia exclusiva sin derecho a pensión de alimentos.
  • Con dos hijos y un ascendiente o descendiente con discapacidad
  • La constituida por dos hijos y un progenitor que esté en tratamiento hospitalario durante un año o haya ingresado en prisión.
  • Tienen "categoría especial": las numerosas a partir de cuatro hijos, con tres hijos en caso de parto múltiple y las familias con tres hijos y bajos ingresos (hasta el 150 % del IPREM).
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