Requisitos de las empleadas del hogar para pedir el subsidio de mayores de 52 años en 2023

El Servicio Público de Empleo Estatal abre el acceso de esta prestación a las trabajadoras del sector.

Empleada del hogar
Empleada del hogar
Pixabay

Las ayudas del Estado a los sectores desfavorecidos de la población o en riesgo de exclusión, más allá de su grado de necesidad y actividad laboral, conllevan requisitos muy concretos y no siempre se pueden compatibilizar entre sí o con el ejercicio de otras actividades. La idea es que beneficien a quienes realmente lo necesitan más. El subsidio para mayores de 52 años atiende a un segmento de la población activa que encuentra especiales dificultades para mantenerse en la vida laboral o reengancharse a ella en caso de haber perdido su empleo. Se cobra hasta la jubilación y, desde ahora, también incluye a las empleadas del hogar. Además, este jueves 30 de marzo se conmemora el Día Internacional de las Trabajadoras del Hogar con el que se quiere visibilizar la situación de las personas empleadas con un trabajo precario y poco reconocido.

Este colectivo, mayoritariamente femenino, cotizaba bajo un régimen especial, pero después del pasado 6 de septiembre y gracias al Real Decreto-Ley 16/2022, pasaron al régimen general y pueden acceder a las prestaciones por desempleo del Servicio Público Estatal de Empleo (SEPE). Así, las empleadas del hogar en situación de desempleo que superen esa edad y hayan agotado su prestación contributiva podrán acceder al subsidio

Los requisitos para que las empleadas del hogar reciban la ayuda y su duración

La edad es el primero, claro, pero hay unos cuantos más, detallados por el SEPE:

  • Estar en situación de desempleo e inscrita como demandante d empleo.
  • Hay que tener 15 años cotizados a lo largo de la vida laboral y que al menos dos de ellos estén entre los últimos 15 anteriores a la solicitud.
  • De esos 15 años, al menos 6 deben ser en el régimen general, una dificultad para quienes hayan ejercido esta profesión durante toda su vida.
  • Bajos ingresos demostrables: no pueden superar el 75 % del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias. A día de hoy equivale a no superar los 810 euros mensuales.

La duración de la ayuda, que este año se sitúa en los 480 euros mensuales (el 80% del IPREM, que se corrige al alza anualmente) es de por vida, siempre y cuando se sigan cumpliendo los requisitos o no se encuentre trabajo, o este trabajo sea a tiempo parcial, lo que rebajaría a la mitad el subsidio mensual por ser mayor de 52 años. Eso sí, cada año hay que presentar una declaración de rentas para saber si se continúan dando las condiciones para recibir este subsidio. 

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