¿Se puede cobrar el cheque de 200 euros y el Ingreso Mínimo Vital a la vez?

Una vez que llegue a su fin el plazo para solicitar la ayuda el próximo 31 de marzo, la Agencia Tributaria dispondrá de tres meses para abonarla.

Cheque de 200 euros de ayuda a las familia
Cheque de 200 euros de ayuda a las familia
K. U.

Desde el pasado miércoles 15 de febrero, y hasta el 31 de marzo, es posible solicitar el cheque de 200 euros para la compra de alimentos que gestiona la Agencia Tributaria. Se trata de un pago único, no mensual, que aprobó el Gobierno de España el pasado 27 de diciembre, con el objetivo de ayudar a los sectores más vulnerables de la población a hacer frente a la elevada inflación. Tras dar a conocer este abono extraordinario, la Hacienda Pública ha respondido a muchas de las preguntas que han surgido al respecto, como la que plantea si se puede cobrar a la vez que el Ingreso Mínimo Vital (IMV). Y lo cierto es que, aunque a esta prestación pueden optar los asalariados, autónomos o desempleados inscritos en las oficinas de empleo, estos deben cumplir una serie de requisitos.

Otra de las cuestiones que más interés suscita entre los solicitantes es cuándo se cobrará la ayuda. Al realizar la petición, estos tendrán que indicar su número de cuenta bancaria para que la Agencia Tributaria les ingrese el dinero, siempre y cuando resulten beneficiarios. Hacienda cuenta con tres meses para hacer el abono, que empieza a contar desde el 31 de marzo, cuando finalice el periodo para presentar el formulario.

Por tanto, el cheque podría empezar a cobrarse a partir de mayo, aunque se ha fijado el 30 de junio de 2023 como fecha máxima para percibirlo. Así, pese a que hay quienes no tendrán el dinero hasta verano, se espera que la mayoría lo tengan en apenas unas semanas, antes de que el mes de mayo llegue a su fin.

¿Se puede solicitar el cheque de 200 euros si se cobra el IMV?

Está previsto que la nueva ayuda puesta en marcha por el Ejecutivo llegue a 4,2 millones de hogares. Esta tiene como fin ayudar a combatir el precio tan elevado de los bienes y servicios, como consecuencia de la guerra en Ucrania y la inflación. Por ello, su propósito es respaldar las situaciones de precariedad económica que no cubren otras prestaciones sociales. De ahí que no puedan solicitarla quienes cobran el Ingreso Mínimo Vital.

“No tendrán derecho a la ayuda quienes, a la fecha de entrada en vigor del presente real decreto-ley, perciban el Ingreso Mínimo Vital, o pensiones abonadas por el Régimen General y los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado”, recoge el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre.

Tal y como se detalla en el BOE, y como ya explicó la ministra de Hacienda y Función Pública, María Jesús Montero, ya se ven favorecidos por un “incremento extraordinario” del 15% el IMV y la pensión de jubilación e invalidez no contributivas .

¿Quiénes pueden recibir la nueva ayuda del Gobierno?

Por el contrario, quienes sí pueden convertirse en los beneficiarios del cheque de 200 euros son aquellos que cumplen los requisitos que definió la Agencia Tributaria. Una de las principales condiciones es tener la residencia habitual en España, así como haber recibido unos ingresos íntegros inferiores a 27.000 euros anuales, y tener un patrimonio menor de 75.000 euros –la vivienda habitual queda excluida del cómputo del patrimonio-.

Para calcular los ingresos y el patrimonio se deben sumar los de los familiares que conviven en el mismo domicilio, es decir, el solicitante, su cónyuge o pareja de hecho, descendientes y ascendientes hasta segundo grado. En cambio, no se tomará en consideración el ingreso y patrimonio de las personas que compartan piso sin tener una relación familiar.

Cómo se pide el cheque a la Agencia Tributaria

Hace apenas unos días, se abrió el plazo para solicitar el cheque de 200 euros a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Lo primero que deben hacer los contribuyentes es rellenar el formulario al que tienen que acceder con su cl@ve o certificado electrónico, y en él indicar el número de la cuenta bancaria en la que quieren recibir el cobro.

Una vez enviado el formulario, la Agencia Tributaria cruza los datos del solicitante con los de otras administraciones, de manera que se pueda determinar si tiene derecho a recibir la ayuda. En caso de que no cumpla con los requisitos, recibirá una notificación de una propuesta de resolución denegatoria y dispondrá de 10 días para alegar. Ese documento contiene los datos necesarios para consultar los motivos de la denegación en la Sede Electrónica. Si decide no presentar documentos, alegaciones o justificantes en el plazo de un mes, la petición se entenderá denegada.

Pasados tres meses desde que el plazo de presentación de solicitudes terminó, si no se ha cobrado la ayuda, ni se ha recibido una notificación de propuesta de resolución denegatoria, la petición se considera desestimada. Pero no hay problema si no se obtiene una respuesta inmediata, ya que es posible pedir la ayuda hasta el 31 de marzo y su pago se va a gestionar por orden de entrada.

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