economía

Las madres que estuvieron en ERTE pierden la deducción en la renta

Si cobraron el paro dejaron de cumplir uno de los requisitos para beneficiarse de esta desgravación.

Este año se amplía la deducción por maternidad para gastos de guardería.
La deducción se aplica a madres trabajadoras con hijos menores de tres años.
Guillermo Mestre

La deducción por maternidad será menor en la declaración de la renta que se presenta esta campaña porque muchas madres que se beneficiaban y que se vieron afectadas por un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) el año pasado la perderán durante el tiempo que estuvieron en paro. 

La actual campaña de la renta es la primera que recogerá el impacto de la pandemia de covid-19 en los ingresos de los contribuyentes. En Aragón se prevé que tengan obligación de presentar el impuesto unos 720.000 contribuyentes. En las declaraciones de este año se esperan más contribuyentes y un aumento de las rentas a ingresar por el efecto de los ERTE, aprobados por el Gobierno para mantener el empleo durante el parón de la actividad para frenar los contagios. 

En el caso de las madres con hijos menores de tres años, tienen derecho a aplicarse una deducción de 1.200 euros al año o pedir el pago anticipado de 100 euros al mes. Sin embargo, la Agencia Tributaria ha recordado que uno de los requisitos es "que realicen una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad".

Por ello, si se encuentran cobrando el desempleo, como ocurre en el caso de estar en ERTE, ya no pueden beneficiarse de esta ventaja fiscal, recuerdan entre sus indicaciones sobre la actual campaña de la renta desde la Asociación española de asesores fiscales (Aedaf). La pérdida de la deducción afecta solo a las madres que trabajaran a jornada completa y hubieran sido incluidas en un ERTE por dicha jornada. No afecta a las madres en ERTE de reducción de jornada o a tiempo parcial.

Si está en paro se pierde el derecho a la deducción 

La Agencia Tributaria aclara que "de acuerdo con el apartado 2 del artículo 208 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, en el caso de expedientes de regulación temporal de empleo en los que se suspenda el contrato de trabajo, el contribuyente se encuentra en situación de desempleo total". 

Por tanto, Hacienda ha explicado entre sus dudas sobre la declaración que en los casos de suspensión del contrato de trabajo durante todo el mes, como consecuencia de la aprobación de un ERTE, deja de realizarse una actividad por cuenta ajena y de cumplirse los requisitos para disfrutar de la deducción por maternidad y el correspondiente abono anticipado.

Desde el Colegio de Economistas de Aragón han venido advirtiendo que si hay meses en los que no se tuvo derecho a la deducción y se cobraron los 100 euros del pago anticipado, habrá que devolverlos en la declaración que se presente hasta el 30 de junio.

Una vez que hayan salido del ERTE y se vuelva a trabajar, se habrá recuperado el derecho a la deducción o el abono anticipado en dicho mes, si se cumplían el resto de requisitos como que el menor todavía no haya cumplido los tres años.

Las familias numerosas mantienen la deducción en la renta

Sin embargo, encontrarse en ERTE no hace que se pierda el derecho a otras deducciones como las que se conceden a familias numerosas, por ascendiente con dos hijos y por discapacidad de descendientes, ascendientes o cónyuge porque son compatibles con estar desempleado.

En estos casos, la normativa recoge que se mantengan tanto para contribuyentes que realicen una actividad por cuenta propia o ajena como para aquellos que perciban prestaciones contributivas y asistenciales del sistema de protección del desempleo, o pensiones abonadas por la Seguridad Social, Clases Pasivas o Mutualidades de Previsión Social alternativas.

Por lo tanto, en estos casos, si como consecuencia del ERTE se cobra del SEPE la prestación por desempleo de nivel contributivo o el subsidio por desempleo, la Agencia Tributaria recuerda que se tendrá derecho a estas deducciones familiares durante los meses en que se perciba la prestación o el subsidio.

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