crimen de los tirantes

La Audiencia prorroga la prisión de Rodrigo Lanza hasta diciembre de 2021

La magistrada que presidirá el jurado asegura así su presencia en la repetición del juicio por el crimen de Víctor Laínez, ya que cree que existía un alto riesgo de fuga.

Rodrigo Lanza, tras escuchar el veredicto del jurado el pasado viernes, 15 de noviembre
Rodrigo Lanza, tras escuchar el veredicto del jurado el 15 de noviembre de 2019
Olver Duch

Rodrigo Lanza tendrá que esperar en prisión la celebración del nuevo juicio por el conocido como crimen de los tirantes, cometido en diciembre de 2017 en Zaragoza.  La magistrada que presidirá el próximo jurado popular que decidirá si es culpable o no del asesinato de Víctor Laínez, María José Gil Corredera, ha prorrogado su estancia provisional en la cárcel de Zuera hasta el 11 de diciembre de 2021, fecha en la que acaba el plazo máximo de cuatro años de prisión provisional que prevé la ley, teniendo en cuenta el día que Lanza fue detenido por la Policía.

La juez así lo ha decidido tras valorar las alegaciones que hicieron la Fiscalía y las acusaciones particulares para pedir la prolongación de la estancia en la cárcel del acusado. Tanto la fiscal, Ana Cabeza, como el abogado de la familia, Juan Carlos Macarrón y el letrado de la acusación popular en nombre de Vox, David Arranz, hicieron especial hincapié en el alto riesgo que existía de que Lanza, con pasaporte italiano y nacionalidad chilena, pudiera eludir la acción de la justicia y no esperar a ser juzgado de nuevo por un delito de asesinato que podría costarle 25 años de prisión de ser declarado culpable.

Endika Zulueta, su abogado defensor, argumentó que el tribunal no podía prorrogar la estancia en prisión de su cliente de manera cautelar, puesto que ya lo había hecho una vez y no tenía "amparo legal" para hacerlo de nuevo. Igualmente, solicitó su inmediata puesta en libertad y expuso que en las actuales circunstancias había un alto riesgo de contagio de Covid-19 en la cárcel.

Todas las partes defendieron sus posiciones en la vistilla que se celebró el pasado 21 de abril para decidir sobre las situación personal de Lanza, tras la anulación de la sentencia por parte del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA). Ese fallo judicial, que condenó a Rodrigo Lanza a cinco años de cárcel por lesiones agravadas en concurso con un homicidio imprudente, fue revocado porque el tribunal popular no motivó lo suficiente su veredicto.

Los magistrados de la Sala de lo Civil y Penal del TSJA valoraron que el jurado no justificó por qué llegó a la conclusión de que el acusado no tenía intención de matar a Víctor Laínez cuando le atacó por la espalda y, tras caer al suelo desplomado, continuó dándole puñetazos y patadas en la cabeza y en la cara hasta provocarle múltiples y graves fracturas. Para el TSJA era necesario que los jurados razonaran, aunque de forma esquemática, los motivos de su decisión.

La magistrada Gil Corredera desestima en su auto la petición de Endika Zulueta y señala que, al anularse la sentencia, entiende que se está en plazo para pedir la prórroga de la prisión provisional, máxime al anularse la sentencia del tribunal del jurado y estar vigente el auto dictado el 4 de diciembre de 2019 en el que ya prolongó el periodo de estancia en la cárcel del acusado. La juez indica que, con la anulación del veredicto, las actuaciones se retrotraen al momento anterior a la celebración del juicio.

Subraya que lo que sí ha de tenerse en cuenta de modo "inexcusable" son los límites máximos de prisión provisional cuando una persona está detenida y no ha sido condenada, que es de cuatro años.

Reconoce que es cierto que la prórroga es una medida excepcional, "pero excepcionales son las circunstancias de este proceso", indica en su auto y cita dos motivos. Por un lado, porque las acusaciones solicitan una pena de hasta 25 años por un delito de asesinato con agravantes, por lo que "existe un evidente riesgo de fuga" dada la gravedad de la petición, y porque el acusado "no tiene nacionalidad española, es de origen chileno y tiene pasaporte italiano".

"El segundo motivo –señala– es que, teniendo en cuenta las circunstancias dramáticas que tenemos en nuestro país y en todo el mundo, no se podrá celebrar el juicio hasta después del verano". Contra su decisión cabe recurso de apelación ante el TSJA.

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