Crimen de los tirantes

Piden un nuevo juicio a Rodrigo Lanza: "Si no tenía intención de matar, ¿por qué no se marchó después del primer golpe?"

La Fiscalía y los abogados de la familia de la víctima y de la acusación popular recurrieron la sentencia que le condenó a cinco años de cárcel por el homicidio imprudente de Víctor Lainez.

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Rodrigo Lanza, este martes en la Audiencia Provincial.
Oliver Duch

 El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha acogido este jueves la vista oral de apelación por la sentencia que condenó a cinco años de cárcel a Rodrigo Lanza por el homicidio imprudente de Víctor Lainez, el conocido como caso "de los tirantes", al entender las acusaciones que el veredicto del jurado adolece de contradicciones y falta de motivación.

La Fiscalía y los abogados de la familia de la víctima y de la acusación popular, que ejerce Vox en la persona del diputado autonómico David Arranz, han defendido los recursos que presentaron a la sentencia de la Audiencia Provincial de noviembre de 2019, después de que el jurado popular declarara a Lanza culpable de un delito de homicidio imprudente, ya te tenía intención de lesionar a Lainez, pero no matarlo, y estimó que actuó por odio y motivos ideológicos.

El abogado de la familia de Lainez, Juan Carlos Macarrón, que responsabilizó a Lanza, al igual que el resto de acusaciones de un delito de asesinato, ha insistido durante su intervención en la vista que procede la nulidad y devolución de la causa a la Audiencia Provincial porque el veredicto del jurado tiene contradicciones y le falta motivación.

Y es que aunque el jurado consideró como hecho probado que el acusado, condenado a 5 años de prisión, propinó un fortísimo golpe a la víctima que le hizo caer al suelo y luego le dio innumerables patadas mientras yacía inconsciente, no tuvo en cuenta ya no el dolo directo (es decir, la intención directa de matar), sino tampoco el dolo eventual, es decir, que el acusado pudiera ser consciente de que con sus actos podría causar la muerte de Lainez.

Si el acusado no tenía intención de matar "¿cómo se explica que no decidiera marcharse después del primer golpe?", se ha preguntado Macarrón, quien ha añadido que le continuó propinando patadas con tal ensañamiento que le rompió todos los huesos de la cara a excepción de uno.

A su juicio, no puede asumirse como coherente, como hizo el jurado, que quien así agrede solo tenga intención de lesionar, algo que incluso refirió el propietario del bar donde sucedieron los hechos, quien, según la sentencia, le pidió a Lanza que parara porque "iba a matar" a la víctima.

El primer golpe, por la espalda, y los sucesivos son para la defensa de la familia una "unidad de acción" y se produjeron con "pleno dominio" del acusado sobre la víctima, y por eso el jurado no tuvo motivación al considerar homicidio imprudente el resultado de estos actos.

Otra de las contradicciones que aprecia es que se considere el estado de arrebato de Lanza como atenuante, estado que se produjo al escuchar este una advertencia de un amigo, que le gritó, según consta como hecho probado, "cuidado, Rodri, que lleva una navaja", en referencia a la víctima.

Pero Macarrón advierte de que en la sentencia se dice que el acusado no apreció actuación agresiva de la víctima ni intención de atacar por parte de ésta, y que en ningún caso estaba "enconado" ni asustado por la posibilidad de que Lainez usara una navaja que por otro lado nadie vio.

El representante de la Fiscalía, Carlos Sancho, por su parte, ha hecho hincapié en que el jurado no dio ninguna explicación de por qué no tuvo en cuenta la declaración de los forenses y los médicos, quienes declararon que era imposible que una persona como Lanza, de 1,80 metros de altura y 80 kilos, pudiera derribar de un golpe, sin usar ningún objeto para ello, a Lainez, de gran corpulencia con 1,85 metros de altura y 120 kilos, aparte de que no se encontraron en las manos del acusado lesiones compatibles con ese golpe, que necesariamente hubo de ser muy fuerte.

Este argumento lo ha compartido Macarrón, quien también ha alegado que la prueba pericial forense durante el juicio se celebrara a puerta cerrada, creando la sensación en el jurado de que tenía menos relevancia que el resto de pruebas o testimonios.

En línea parecida, Arranz ha dicho que la inexistencia de motivación de sus decisiones debe provocar la nulidad del veredicto y la celebración de un nuevo juicio, o la revocación de la sentencia y que se dicte una nueva.

Por su parte, Endika Zulueta, abogado de Lanza (quien ha seguido la vista por vídeoconferencia desde la cárcel en cumplimiento de las medidas para evitar la propagación del coronavirus), ha pedido que se revoque la agravante, que sí consideró el jurado, de actuación por motivos ideológicos.

Ha asegurado que la sentencia dice que víctima y agresor intercambiaron unas palabras "que nadie escuchó", como tampoco nadie oyó que Lanza llamara a Lainez "facha y fascista", motivo por el que no se pueden inferir que el odio o los motivos ideológicos estén detrás de la agresión, entre otras cosas porque en los hechos probados no se hace referencia a la ideología de ninguno de los dos, ni a los supuestos tirantes con la bandera de España que llevaría la víctima.

Tampoco, ha añadido, debe considerarse la estética de Lanza para determinar su ideología.

Zulueta ha recordado que para aplicar esta agravante se exige que en la sentencia quede acreditado como hecho probado la ideología de la víctima, y eso no sucede en este caso.

Y sobre la alevosía, que sí que se consideró en el veredicto y que Zulueta pide que se retire, ha dicho que no está acreditado como hecho probado que Lanza supiera que Lainez estaba inconsciente cuando le propinó las patadas, y que la duda, en cualquier caso, siempre debe favorecer al reo.

Zulueta ha lamentado que con esta vista la Fiscalía y las acusaciones pretendan que los magistrados del TSJA "vuelvan a valorar las pruebas" que ya se analizaron en el juicio en la Audiencia Provincial, y ha dicho que sus consideraciones de que el jurado no está bien motivado son "un subterfugio" porque no están de acuerdo con la sentencia. 

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