IRPF

¿Cómo sé cuándo voy a cobrar la devolución de la Renta?

La Agencia Tributaria tiene seis meses para pagar sin tener que abonar intereses.

En algunas poblaciones aragonesas, sacar dinero es impensable, pues no tienen cajero.
En algunas poblaciones aragonesas, sacar dinero es impensable, pues no tienen cajero.
Heraldo.es

La campaña de la Renta ha cumplido un mes en internet y alrededor de un tercio de los aragoneses que tenían que presentar la declaración del impuesto ya lo han hecho, según los últimos datos de la Agencia Tributaria. Esta campaña se esperan unas 700.000 declaraciones en Aragón, en las que en unas 465.000 el resultado será a devolver a favor del contribuyente. En la comunidad se han presentado hasta principios de semana 200.400 declaraciones, un 19,50% más que en la misma fecha de hace un año.

Quienes no han recibido todavía la devolución se preguntan cuándo llegará el ingreso a su cuenta bancaria. Todas las campañas hay contribuyentes que lo reciben a los pocos días y en otros casos les toca esperar meses. La Agencia Tributaria tiene seis meses para practicar la liquidación provisional que confirme o rectifique el importe de la devolución solicitada por el declarante. El plazo comienza "desde el término del plazo de presentación de las declaraciones", este año el 30 de junio, o "desde la fecha de la presentación si la declaración fue presentada fuera de plazo".

Devolución con intereses

Si pasan esos seis meses sin hacer la devolución y ha sido por causa imputable a la Administración tributaria, esta deberá sumarle el interés de demora tributario desde "el día siguiente al de la finalización de dicho plazo y hasta la fecha en que se ordene su pago, sin necesidad de que el contribuyente lo reclame".

Si hubiera errores u omisiones en la declaración, la Agencia Tributaria puede rectificar el resultado de la liquidación efectuada por el contribuyente. Lo haría a través de una liquidación provisional. Se entiende que la culpa no es de Hacienda si el retraso en la devolución se debe a que no se haya presentado la documentación exigida, falte parte de ella o haya errores en el número de cuenta en el que ha de ingresarse. Las devoluciones se hacen siempre a través de una cuenta bancaria.

Mientras se espera el ingreso, se puede ir consultando en qué fase se encuentra la devolución a través de la página www.agenciatributaria.es, entrando en el recuadro 'Renta 2019. Avanzando contigo' y en la opción 'Servicios de tramitación borrador / declaración (Renta WEB)'. Será necesario disponer de certificado o DNI electrónico, Cl@ve PIN o de la referencia del borrador/declaración de Renta 2019 que consta de seis caracteres, entre números y letras.

Allí se puede saber si la declaración "se está tramitando", "está siendo comprobada" o mensajes similares. Cuando se hayan efectuado las comprobaciones oportunas y la declaración sea correcta, aparece un mensaje indicando cuándo será emitida la devolución.

Si la declaración está pendiente de subsanar algún error, estará dentro del sistema llamado Verifica, que permite la autocorrección de declaraciones durante la campaña. El consejo de la Agencia Tributaria es acceder a este apartado, para lo que se vuelve a necesitar el certificado electrónico, DNIe o Cl@ve PIN. Allí se informará si hay algún problema y si el nuevo cálculo arroja un resultado diferente, porque tras la comprobación puede que la devolución sea de un importe diferente.

Apúntate a la newsletter de economía y tendrás cada semana las últimas noticias del sector, claves y recomendaciones de expertos.

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión