Guía para rezagados en la Renta

Quienes tienen pendiente presentar el IRPF disponen de una semana, hasta el 2 de julio, para poner en orden el papeleo, aunque este miércoles termina el plazo para domiciliar el pago y el viernes para pedir cita previa.

Recta final de la campaña de la Renta.
Recta final de la campaña de la Renta.

Más de 560.000 contribuyentes aragoneses han presentado ya la declaración del Impuesto sobre la Renta para las Personas Físicas (IRPF), según los datos de final de semana facilitados por la Agencia Tributaria, en una campaña a punto de terminar en la que se esperan 694.900 declarantes en Aragón, de los 19,9 millones en toda España. A unos días de que termine el plazo todavía hay un 20% de aragoneses que han dejado para el final sus obligaciones fiscales. Algunos siguen buscando el impreso del año pasado para poder descargar el borrador con el importe que aparece en la casilla 450 o están pendientes de conseguir cita previa para acudir a las oficinas de la Agencia Tributaria. Esta semana se cumplen dos fechas importantes del calendario de renta. Si la declaración resulta a ingresar y se quiere domiciliar el pago se puede hacer presentándola hasta este miércoles, 27 de junio. Si se quiere acudir al servicio de cita previa de la Agencia Tributaria para confeccionar la declaración, el último día para llamar o solicitarla por internet o la nueva aplicación móvil es el próximo viernes, 29 de junio. Con ella se puede acudir a los servicios de cita previa hasta el lunes, 2 de julio, el último día de campaña.

Quienes han sido más previsores y cumplieron con el fisco en abril, cuando empezó la campaña en internet, a estas alturas ya han cobrado –y quizás casi gastado– la devolución del impuesto. Hacienda lleva reembolsados más de 180 millones de euros en Aragón, según fuentes de la Agencia, de los 297 millones incluidos en las previsiones del comienzo de campaña. Está previsto que 459.345 contribuyentes tengan derecho a devolución este año.

No se envían borradores a casa

Están obligados a presentar declaración quienes tuvieran el año pasado unos ingresos superiores a 22.000 euros o a 12.000 si trabajaron en dos o más empresas.

Esta campaña la Agencia Tributaria ha potenciado la utilización de internet (www.agenciatributaria.es) y el móvil, con la nueva aplicación que permite la consulta del borrador y su confirmación. También es la primera vez que ya no se envían los borradores en papel al domicilio de los contribuyentes (por si alguno está esperando recibirlo).

Los más rezagados pueden recurrir a la confección telefónica de la renta, con el servicio ‘Le llamamos’ por el que es la Agencia quien llama al contribuyente en el día y hora acordados. Se concierta a través de los teléfonos de cita previa y hay posibilidad de elegir horario entre las 9.00 y las 20.30.

Durante la campaña tanto la Agencia Tributaria como distintos colectivos profesionales han insistido en la necesidad de revisar los datos de que dispone la Administración. Y no caer en la tentación de confirmar el borrador por internet o el móvil sin haber comprobado los datos.

Datos que hay que revisar

Por mucha prisa que se tenga, antes de confirmar el borrador que confecciona la Agencia Tributaria es necesario comprobarlo. Desde la Administración reconocen que no siempre disponen de todos los datos. Entre los que es necesario revisar figuran los inmuebles y sus referencias catastrales, arrendamientos de inmuebles, transmisiones, aportaciones a planes de pensiones, cuotas sindicales y percepciones por subvenciones. Hay que comprobar si se aplican las deducciones por maternidad, por inversión en vivienda habitual o las autonómicas.

Entre las deducciones específicas de Aragón hay por nacimiento o adopción del tercer hijo o sucesivos, en atención al grado de discapacidad de alguno de los hijos, por adopción internacional de hijos, por el cuidado de personas dependientes, por adquisición de libros de texto y material escolar, y una deducción para mayores de 70 años, destaca Eduardo Lázaro, economista de Lázaro Despacho Tributario.

«Pese a que el resultado del borrador de su declaración sea a devolver, es muy recomendable revisar con mucho cuidado este antes de su confirmación», insiste. Aconseja revisar la titularidad de los bienes y derechos «atendiendo al régimen económico matrimonial en el caso de los cónyuges» y «a las circunstancias personales y familiares si hubieran podido cambiar de un año a otro, posibles minusvalías, ascendientes a su cargo, obtención de rentas no sujetas a retención y que por tanto no han sido objeto de información por el pagador a la Agencia Tributaria y que no saldrán en dicho borrador ni en sus datos fiscales», advierte.

Desde el colectivo de asesores fiscales del Reaf insisten en que el borrador tiene efectos «meramente informativos» y que puede tener «datos erróneos» o estar incompleto. En su estudio sobre Renta y Patrimonio para esta campaña advierten que «la omisión de rentas no recogidas en el borrador no exime al contribuyente de responsabilidad». Aunque desde el órgano del Consejo General de Economistas consideran que «en algún caso concreto podría esgrimirse este argumento en un procedimiento de revisión».

Rectificación

Si se presentó la declaración y se detecta algún error, se puede rectificar por internet, por teléfono o personalmente en las oficinas de Hacienda. Si se cambia para optar por la tributación conjunta «deberá hacerse constar también el NIF del cónyuge y su número de referencia o cl@ve PIN», explican desde el Reaf. Este último cambio solo se puede hacer antes de que termine la campaña.

A la hora de hacer cuentas, hay que tener en cuenta las declaraciones de otros años para comprobar, por ejemplo, «si se han podido obtener en dichos ejercicios pérdidas patrimoniales y/o rendimientos negativos no compensados susceptibles de poder compensar en la renta del ejercicio 2017», apunta Lázaro. Pueden existir excesos de aportaciones a sistemas de previsión social que no redujeran la base imponible en el ejercicio de su aportación, posibles excesos de gastos financieros y de reparación y conservación de inmuebles que se encuentren alquilados, que se puedan incluir. «Si está usted de alquiler, y su contrato es anterior al 1 de enero de 2015, es posible que tenga la posibilidad de aplicar una deducción por el alquiler de su vivienda habitual», dice.

Ordesa y Los Amantes desgravan

Este año coinciden en la Comunidad dos acontecimientos con ventajas fiscales, el ‘Centenario del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido’ y ‘Teruel 2017. 800 Años de los Amantes’. En el primer caso, la deducción se aplicará en la renta que se presente el año que viene para las acciones que se lleven a cabo este año. En el caso de los Amantes, también este año, ya que su duración va del 1 de enero de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2018. «En ambos casos, los beneficios fiscales aplicables serán los máximos establecidos» en la normativa, una «deducción de la cuota íntegra del impuesto del 15% de los gastos» en acciones de propaganda y publicidad de proyección plurianual «que sirvan directamente para la promoción del respectivo acontecimiento de excepcional interés público». Se pueden beneficiar «tanto las sociedades como las personas físicas que sean contribuyentes del IRPF y realicen una actividad económica en estimación directa», apunta.

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