La cofradía también desgrava en el IRPF

Donativos a ONG, cuotas de sindicatos y partidos políticos, entre las cantidades que hay que comunicar a Hacienda.

Servicio de cita previa de la Agencia Tributaria en Zaragoza.
Servicio de cita previa de la Agencia Tributaria en Zaragoza.
José Miguel Marco

A la hora de repasar el papeleo para presentar la declaración de la Renta, cuyo plazo finaliza el 2 de julio, no hay que olvidar que los donativos y aportaciones a organizaciones como partidos políticos, sindicatos e incluso cofradías también pueden desgravar. Estas últimas cantidades hay que revisarlas en el borrador por si la Agencia Tributaria  no dispone de los datos para que así complete el impuesto. Entre la lista de importes que debe aparecer figuran los siguientes:

-Donativos a ONG. En la declaración de la Renta se pueden deducir los donativos a organizaciones no gubernamentales (ONG), cuya información fiscal remiten las entidades. La deducción es del 75% de las cuotas hasta los primeros 150 euros, y el 30% a partir de dicha cantidad. Además, si los donativos, donaciones o aportaciones se mantienen los dos años anteriores "a favor de una misma entidad por importe igual o superior", la deducción para la cantidad que exceda de 150 euros será del 35%.

-Cuotas de cofradías. También se pueden desgravar como las anteriores las cuotas aportadas por los cofrades de una Hermandad, siempre que esta cumpla una serie de requisitos legales. "La hermandad tiene que estar acogida a la ley de Mecenazgo e inscrita en el registro de entidades religiosas", explica Eduardo Lázaro, de Lázaro Despacho Tributario.

-Colegios profesionales. El contribuyente puede deducirse de los rendimientos del trabajo las cuotas que haya aportado a los colegios profesionales "pero únicamente cuando la colegiación tenga carácter obligatorio para el desempeño del trabajo, y de ser así con el límite de 500 euros anuales", explica Lázaro. Por ejemplo en el caso de los Abogados, Arquitectos e Ingenieros.

-Sindicatos. Las cuotas que se pagaran el año pasado como afiliado a una organización sindical son deducibles a la hora de fijar el rendimiento neto del trabajo, y con el mismo límite anterior, 500 euros anuales.

-Partidos políticos. Las cantidades abonadas dan derecho a una deducción del 20% de las cuotas de afiliación y las aportaciones a partidos políticos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores. El máximo es de 600 euros anuales.

La campaña de la renta termina el lunes que viene, 2 de julio, aunque quienes tengan que pagar a Hacienda y quieran domiciliar el ingreso tienen de plazo hasta este miércoles, 27 de junio. Y si necesita hacer uso de la cita previa, el último día para llamar es este viernes, 29 de junio.

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