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El TSJA confirma la condena al interino del Inaem que estafó a 27 alcaldes y a su exnovia

El tribunal ratifica la sentencia que le impone 3 años y medio de cárcel, que se suma a otra de 3 años y 9 meses

El acusado, durante el juicio celebrado en la Audiencia de Zaragoza
El acusado, durante el juicio celebrado en la Audiencia de Zaragoza
Oliver Duch

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha confirmado la condena de tres años y medio de prisión contra D. M. R. por un delito continuado de falsedad y estafa de los que fue víctima su expareja. Esta pena se suma a otra que ya le impuso la Audiencia Provincial de tres años y nueve meses de cárcel por estafar a 27 alcaldes de Zaragoza, a cuyo nombre pidió créditos rápidos a bancos vía internet por más de 60.000 euros.

El acusado, de 47 años cometió este último delito valiéndose de su trabajo como funcionario interino del Instituto Aragonés de Empleo (Inaem), de donde obtuvo los datos personales de los regidores. Pero antes de perpetrar el fraude contra los alcaldes, ya había ‘practicado’ con la mujer que estuvo diez meses compartiendo su vida. De hecho, la víctima cortó radicalmente su relación cuando descubrió que, a sus espaldas y a su nombre, había abierto seis cuentas en tres bancos distintos y había pedido préstamos.

En su caso, las cuentas las abrió en persona alegando que su novia no tenía "tiempo" y entregando ‘recibís’ y autorizaciones supuestamente firmados por ella. Así, logró tarjetas de claves y números PIN y comenzó a gastar el dinero solicitado a crédito a nombre de la víctima. En total, pidió 53.000 euros. No obstante, cuando la mujer averiguó lo que estaba haciendo y le pidió explicaciones, D. M. le devolvió algunas cantidades y el perjuicio causado finalmente fue de 31.346 euros.

Tanto la Fiscalía como la acusación particular, a cargo del letrado Luis Tomás Ortega, acusaban a D. M. de delito continuado de falsedad en concurso con otro de estafa, como así lo entendió también el tribunal de la Sección Primera. La sentencia fue recurrida, a lo que se opusieron ambas acusaciones, y ahora el TSJA les ha dado la razón.

La Sala de lo Civil y Penal considera que, a pesar de que la defensa alegaba que la perjudicada no había adoptado las medidas de cautela necesarias y revisado sus cuentas, el acusado obtuvo las claves bancarias con engaño y sin el conocimiento de su novia.

Para el tribunal, D. M. se aprovechó de la convivencia con la mujer desde los primeros momentos. Igualmente, señala que la mecánica defraudadora del acusado implicó a familiares y afectaba a entidades de crédito: y de ambos podría proclamar su responsabilidad, puesto que un primo que trabajaba en uno de los bancos admitió que fue totalmente indebido que le facilitara las claves de la novia al acusado. 

La defensa argumentó igualmente que el encausado es ludópata y solicitó una eximente, pero no ha sido tenida en cuenta ya que D. M. no hizo mención alguna durante la vista oral a esta circunstancia. Además, no se presentó prueba alguna que demostrara que padece esa adicción al juego. 

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