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Patrimonio notifica a Teruel que la colocación de una argolla con 23 cuerdas en el Torico requería autorización

El Gobierno aragonés argumenta que el monumento se encuentra en el Conjunto Histórico de la ciudad, declarado de interés cultural.

Inicio del congreso del tor de cuerda en teruel con pasacalles de los pueblos participantes y torro ensogado en la plaza del torico. foto Antonio garcia/Bykofoto. 17/06/22[[[FOTOGRAFOS]]]
La anilla metálica rodeaba la columna del Torico y de ella partían cuerdas sujetas en otros puntos.
Antonio García/Bykofoto

La directora general de Patrimonio Cultural del Gobierno de Aragón, Marisancho Menjón, ha enviado una carta al Ayuntamiento de Teruel en la que le notifica que la colocación de una argolla metálica en la parte superior de la columna que sustenta a la figura del Torico, de la que salían 23 cuerdas sujetas a otros puntos de la plaza, habría requerido autorización cultural de ese organismo, previo informe de la Comisión Provincial de Patrimonio Cultural de Teruel. 

En la misiva se explica que el permiso era necesario "al generar una afección estructural a este elemento urbano, dado que se ubica en el Conjunto Histórico de Teruel, declarado Conjunto de Interés Cultural". La anilla con las cuerdas formaba parte de la decoración del lugar con motivo de la celebración del Congreso Nacional del Toro de Cuerda y fue durante los trabajos de retirada de la misma cuando se produjo la rotura del monumento. A la vista de los daños producidos en la plaza del Torico, Patrimonio ha enviado hoy mismo la carta al Consistorio. 

La alcaldesa de Teruel, Emma Buj, ha contestado que no se pidió permiso para colocar la decoración "porque se consideró una actuación temporal".

Según explica la directora en la carta remitida al Consistorio, la autorización otorga la protección dispensada a cualquier inmueble que se encuentra dentro del Conjunto, en virtud de lo que prescribe la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés.

Esta ley, en su artículo 35, regula las autorizaciones culturales y establece que la realización de obras o actividades en los BIC (Bien de Interés Cultural) o en su entorno deben contar, antes de la licencia municipal, con autorización de la Comisión Provincial de Patrimonio Cultural.

Para los Conjuntos Históricos, además, el artículo 46.1 de la Ley recoge que, cuando no se haya aprobado definitivamente el Plan Especial de Protección del Conjunto Histórico, que es el caso del de Teruel, el otorgamiento de licencias precisa resolución favorable de la Dirección General responsable de Patrimonio Cultural, previo informe de la Comisión Provincial del Patrimonio Cultural.

Por otra parte, la directora advierte en la carta que las actuaciones necesarias para la restauración de los distintos elementos de la fuente, y cualquier otro daño que hayan podido sufrir otros bienes ubicados en la Plaza, requieren asimismo de autorización cultural, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés.

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