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Cómo ceder tu vivienda para alquiler social en Aragón: requisitos y proceso

Los dueños de los inmuebles gozan de diversos beneficios: pago garantizado de la renta, un seguro o la fianza a cargo de la Administración.

Cartel de alquiler de una vivienda
Cartel de alquiler de una vivienda

El alquiler social es una salida para las unidades familiares con menos recursos; la disponibilidad, sin embargo, es un problema severo, tanto en el entorno rural como en el urbano. La Red de Bolsas de Viviendas para el Alquiler Social del Gobierno de Aragón tiene abierta una convocatoria para cesión de inmuebles, que conlleva una serie de beneficios para los cedentes: desde la contratación de un seguro por posibles desperfectos hasta el pago garantizado de la renta o el pago de la fianza del arrendatario.

Requisitos para ceder la vivienda al alquiler social

  • Presentación telemática de la solicitud de aportación de viviendas a la Red de Bolsas de Viviendas para el Alquiler Social.
  • Acreditación de título jurídico suficiente para realizar la cesión de la vivienda
  • Indicar si la cesión se realiza a título oneroso o gratuito; en las aportaciones a título oneroso, la propuesta de renta a la que se quiere alquilar la vivienda, con los límites establecidos en la orden de 11 de febrero de 2014. Así, la cuantía máxima a abonar al cedente como renta del alquiler será de un máximo de 4€/m² de superficie útil, con un límite máximo mensual de 400€/ vivienda, en el supuesto de que no sea necesaria ningún tipo de obra e instalaciones. Si fueran necesarias, la renta de alquiler se reducirá hasta 2 €/m², durante el tiempo necesario para que con el resto de la cantidad puedan financiarse las obras de adecuación del edificio. Finalizado ese tiempo, la renta de alquiler volverá a ser de 4 €/m².
  • En virtud de lo dicho, debe constar en la solicitud del cedente si acepta o no que en su vivienda se realicen obras o instalaciones de mejora, aceptando también que el coste de las mismas se abone como de parte de las rentas que se obtengan de la cesión de la vivienda.
  • Establecer el plazo de cesión de la vivienda, a partir de la firma del contrato de arrendamiento, si fuere superior al plazo previsto en la legislación vigente que establece un plazo mínimo de cesión 5 años si el propietario es persona física y un plazo de 7 años si el propietario es una persona jurídica.

Cedentes potenciales

Podrá aportar viviendas a la Red de Bolsas para el Alquiler Social de Aragón la propia Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, junto al resto de Administraciones Públicas, sus organismos públicos y demás entidades de derecho público. También son cedentes potenciales las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas íntegra o mayoritariamente por las Administraciones Públicas, las entidades financieras de crédito, las entidades sociales no lucrativas y, naturalmente, particulares, ya sean personas físicas o jurídicas.

Requisitos mínimos de la vivienda

La vivienda cedida debe cumplir una serie de condiciones previas al posible alquiler social:

  • Estar ubicada en municipios del territorio aragonés en los que exista demanda de vivienda en alquiler social.
  • Cumplir con las condiciones de habitabilidad vigentes en el momento de formular la solicitud de inclusión.
  • Disponer de un equipamiento doméstico indispensable para realizar las funciones básicas de habitabilidad, así como los suministros de agua y energía.
  • No estar arrendadas, ocupadas ni sometidas a limitación que impida su cesión, se verificara el cumplimiento de los requisitos de las viviendas previamente por los servicios técnicos de la Dirección General competente.

Garantías quienes ceden la vivienda 

Garantizar a los cedentes de las viviendas el cobro de las rentas, la asistencia jurídica y la reparación de los desperfectos causados por el uso de las viviendas por los beneficiarios bien directamente o mediante la contratación de pólizas de seguro.

  • La Comunidad Autónoma o la entidad gestora se harán cargo de la fianza arrendaticia que corresponda prestar al arrendatario.
  • Antes de la formalización del contrato se podrá solicitar la exclusión de la vivienda.
  • Créditos presupuestarios, la aportación de viviendas a la Red de Bolsas de Viviendas para el Alquiler Social de Aragón no suponen un compromiso directo de gasto, los créditos necesarios para atender las obligaciones que se generen con los cedentes de las viviendas se habilitarán en el expediente correspondiente a la convocatoria de beneficiarios.

Documentos para realizar el proceso

Éstos son los documentos para completar correctamente el proceso:

  • Solicitud de aportación de viviendas a la Red de Bolsas de Viviendas para el Alquiler Social de Aragón según modelo oficial adjunto a continuación.
  • Escritura o nota simple del registro de la propiedad.
  • Título jurídico suficiente para realizar la cesión de la vivienda. Es decir, la escritura o nota simple del registro de la propiedad que acredite la titularidad de la vivienda objeto de cesión.
  • Justificante de los requisitos establecidos en la normativa.
  • Justificar que tanto cedente como vivienda cumplen los requisitos establecidos en la normativa.

Por último, hay una documentación de carácter voluntario para facilitar el trámite de la solicitud: planos de situación, planos de planta, fotos del estado actual de la vivienda y detalles de equipamiento doméstico para funciones básicas de habitabilidad.

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