¿Se puede viajar a otras comunidades autónomas o a mi segunda residencia?

La entrada en vigor del Real Decreto 926/2020 otorga a las comunidades autónomas la facultad de limitar la entrada y salida de sus territorios.

Cntrol de la policia nacional en la entrada y salida de Teruel en la carretera N-234 tras la orden de confinamiento de la ciudad. Foto Antonio Garcia/Bykofoto. .22/10/20 [[[FOTOGRAFOS]]] [[[HA ARCHIVO]]]
Control de la Policía Nacional en la entrada y salida de Teruel en la carretera N-234 tras la orden de confinamiento de la ciudad.
Antonio García

El pasado domingo se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma en toda España (menos Canarias) para contener la propagación de infecciones por la covid-19. Una de sus disposiciones contempla la facultad de las comunidades autónomas de limitar la entrada y salida de sus territorios, es decir, el cierre perimetral del conjunto de la región o una parte de su territorio, aunque habrá también excepciones como asistencia a centros sanitarios, acudir a centros educativos o razones labores. Aragón respondió rápido en este particular, decretando al día siguiente el confinamiento perimetral del conjunto del territorio aragonés; esta decisión se hizo efectiva a las 0.00 del martes 27.

El anuncio lo hizo este pasado lunes el presidente aragonés Javier Lambán, en el transcurso de una rueda de prensa explicativa de las conclusiones tratadas en la XXIII Conferencia de Presidentes, en la que se reunión con los mandatarios de otras comunidades autónomas españolas. La vigencia inicial de la medida es de quince días, hasta el 9 de noviembre, y esta medida puede durar como máximo un mes. Además, la entrada en nivel de alerta 3 desde el lunes 26 de octubre incluye la prohibición de permanecer en la calle desde las 23.00 y hasta las 6.00 del día siguiente por razones no justificadas.

Una consecuencia directa de esta restricción es la imposibilidad de viajar a segundas residencias situadas en otras comunidades autónomas hasta el 9 de noviembre. Naturalmente, esta medida no incluye razones de peso; entre las causas justificadas y documentadas por las que se permiten los desplazamientos desde Aragón a otras comunidades están motivos laborales, médicos, educativos, trámites administrativos o el cuidado de niños o personas mayores. Hay que recordar que las tres capitales de provincia aragonesas tienen a su vez un confinamiento perimetral, por lo que tampoco se puede salir o entrar a ellas desde otros puntos de Aragón sin una causa justificada.

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