Viviendas en alquiler: obligaciones del propietario y del inquilino

Es necesario que todo quede por escrito, con las responsabilidades de cada cual claramente especificadas.

Llaves de un piso en alquiler
Llaves de un piso en alquiler

Alquilar un piso es un trámite al que debe darse toda la importancia de las grandes decisiones en la vida. Después de mirar, preguntar y aclarar, el proceso tiene que cumplimentarse con ayuda profesional en la redacción del contrato y sin dejar nada a la imaginación. Las primeras informaciones útiles vienen hoy en día de los anuncios por internet, ya sea en alquileres de particulares o por vía de agencias inmobiliarias; la localización exacta, la altura del piso, el número de dormitorios y baños o el número de fianzas exigidas suelen servir ya de filtro.

Gastos en el alquiler de pisos

¿Y los gastos generales? En el contrato de arrendamiento debe quedar claro quién se hace cargo de cada asunto, y aplicar la buena voluntad en el caso de cualquier duda no contemplada específicamente en el contrato, como el deterioro de algún mueble, electrodoméstico o similar. En la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) se especifica lo siguiente:

  • El propietario o casero paga el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), la comunidad de vecinos, la tasa de basuras, el seguro de la vivienda y el seguro de mantenimiento. Es frecuente que también se haga cargo del agua caliente, aunque eso depende del acuerdo privado entre ambas partes. Lo mismo ocurre con los electrodomésticos, aunque es habitual que su reparación o sustitución corra a cargo del propietario si los problemas que puedan tener no derivan de un mal uso: el técnico contratado puede determinar este aspecto. La caldera, el frigorífico o la lavadora suelen correr de cuenta del propietario. El arrendador no es responsable de las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda, que son a cargo del arrendatario. Tampoco responde de los deterioros causados por culpa o negligencia del inquilino o los suyos.
  • El inquilino paga todo lo mensurable con contadores individuales y las tasas fijas de agua, depuradora, luz, gas, teléfono e internet. Para el caso de deterioro de elementos de la casa (desde un aparato a un mueble o una ventana) ocasionados por el inquilino suele ser conveniente la contratación de un seguro específico para estos casos.
  • Los gastos pueden cambiar si hay un pacto expreso en el contrato para que sea el inquilino el que se haga cargo del IBI, la comunidad de propietarios o la contratación de alta de los servicios (agua, luz, gas).
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