elecciones generales 10 noviembre

Diferencias entre voto nulo, voto en blanco o abstención electoral

Sobre la cita electoral de este domingo 10 de noviembre planea la sombra de una subida de la abstención.

Los españoles han votado por la centralidad y la moderación.

Este domingo 10 de noviembre se vota en unas elecciones generales por segunda vez en 2019. Sobre estos comicios planea el malestar de buena parte del electorado, que se niega a aceptar esta nueva convocatoria y culpa a los partidos de no haber llegado a acuerdos sólidos de gobierno. Por eso planea sobre esta fecha la subida de la abstención. Entre los que sí piensan ir a votar también puede haber un número significativo que no tome partido o lo haga erróneamente en el aspecto formal. Hay que distinguir claramente todas las formas posibles de no tomar partido por ningún partido, y valga la redundancia. Hay que recordar que en esta convocatoria se manejan dos sobres: uno blanco para el Congreso de los Diputados y otro de color salmón para el Senado.

Cómo se vota en blanco

Se acude a votar o se remite el voto por correo, pero se hace sin ninguna papeleta dentro del sobre blanco del Congreso, o sin marcar ningún candidato en el sobre salmón del Senado. Aquí hay que hacer alusión a la Ley D’Hondt y las proporcionalidades entre votantes válidos, censo y representación final en las cámaras; no se necesitan los mismos votos para conseguir un escaño en el Congreso en Zaragoza y en Madrid. El voto es válido, y se computa en el reparto de escaños aunque lógicamente no se asocie a ninguna formación política.

El voto nulo

Se acude a votar o se remite el voto por correo, pero se usan unos sobres o papeletas no oficial. También es voto nulo si hay dos papeletas de diferentes candidatos o más candidatos señalados de los debidos en la papeleta para el Senado. Si hay dos papeletas del mismo se computa una, porque se entiende que la duplicidad ha sido accidental, según el artículo 96 de la Ley Electoral. También se anulan los votos con frases escritas u objetos: en pasados comicios, por ejemplo, aparecieron sobres con rodajas de chorizo en su interior. Todos estos supuestos son de votos no válidos, que no afectan al reparto de escaños.

La abstención electoral

Significa directamente no ejercer el derecho a voto, ni presencialmente ni por correo. Por lo tanto, no suma y no afecta al reparto final de escaños, aunque sí es una cifra indicativa del descontento del electorado potencial y, evidentemente, puede afectar a los resultados obtenidos finalmente por los partidos con mayor intención teórica de voto.   

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