economía

Lo que se puede hacer aún para pagar menos a Hacienda en 2024

La recta final del año supone la última oportunidad para tratar de aumentar las deducciones de la próxima declaración de la Renta. Los asesores fiscales de Aedaf dan 10 claves para lograrlo.

Primer día de la atención en el servicio de cita previa de la Agencia Tributaria en Zaragoza.
Servicio de cita previa de la Agencia Tributaria en Zaragoza durante la campaña de la Renta pasada.
Guillermo Mestre

La declaración de la renta que se presente en 2024 recogerá los ingresos y gastos de todo este año 2023. De ahí que hasta que llegue el 31 de diciembre hay margen de maniobra para revisar las cuentas e intentar beneficiarse al máximo las deducciones previstas en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), entre otros tributos. La Asociación Española de Asesores Fiscales Aedaf ha preparado la guía con los consejos básicos para los contribuyentes de cara a intentar reducir su factura con la Agencia Tributaria.

"Hay cosas en las que sobrepasar el plazo del 31 de diciembre es letal", advierte Francisco Gracia, al frente de la delegación de Aedaf en Aragón. Solo antes de esta fecha se podrán aplicar beneficios que terminan con el año o que después de ese día no se podría contar con ellos hasta la declaración siguiente. El abogado y asesor fiscal pone como ejemplo las ayudas para la compra de un coche eléctrico.

1. Sacar partido a los planes de pensiones, sobre todo, los trabajadores autónomos

En los últimos años se ha ido reduciendo la cantidad de ahorro en un plan de pensiones que da derecho a deducción fiscal. "La reducción en la base imponible por aportar a un plan de pensiones se ha quedado en 1.500 euros", apunta el asesor zaragozano. Ese importe se descontará del total que se declara a Hacienda. La cantidad aportada tampoco puede ser superior al 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas percibidos durante el ejercicio.

El asesor destaca que los autónomos tiene la posibilidad de beneficiarse de un límite más elevado. Así, los trabajadores por cuenta propia pueden aportar hasta 4.250 euros "siempre que tal incremento provenga de aportaciones a planes de pensiones sectoriales" a los que se adhieran; a planes de empleo simplificados o de forma individual a planes de los que sea promotor y, además, partícipe o a Mutualidades de Previsión Social de las que sea mutualista", pone como ejemplos la asociación.

2. Los vales de comida de la empresa desgravan

En las empresas en las que se ofrece percibir parte del salario en tiquets restaurante o vales comida, cada trabajador está exento de tributar hasta 11 euros al día. Estos vales "constituyen un rendimiento del trabajo en especie y está exento de tributación", detallan desde Aedaf. Esta posibilidad se puede aplicar tanto a empresas que cuenten con comedor en sus propias instalaciones como las que no "previa recogida por el empleado" del vale. Los pueden disfrutar también empleados en teletrabajo.

3. Deducción de vivienda solo para unos pocos

Solo un grupo reducido de compradores siguen manteniendo la deducción por compra de vivienda habitual. Esta desgravación se eliminó a partir del 1 de enero de 2013, por lo que únicamente la conservan los contribuyentes que compraron su piso antes hasta el 31 de diciembre de 2012 "y viniesen aplicándose la deducción", matizan los asesores de Aedaf.

Esta permite rebajar un 15% las cantidades pagadas en el ejercicio para la adquisición o rehabilitación de vivienda, siendo la base máxima de deducción de 9.040 euros. De ahí que quienes dispongan de ahorros pueden aprovechar antes de que termine el año para destinarlos a quitarse préstamo, como ha ocurrido en este último ejercicio de escalada de los intereses. "Puede resultar de interés amortizar préstamo antes del 31 de diciembre hasta alcanzar dicho importe, ya que de este modo se aprovecha al máximo la deducción", añaden los asesores fiscales.

4. Vender la vivienda habitual para comprar otra

La reinversión en la vivienda en la que se resida de forma habitual sigue incluyendo desgravación. Si se vende antes de que termine el año y el dinero obtenido se destina al pago de otra vivienda habitual (para lo que hay un plazo comprendido entre los dos años anteriores y los dos posteriores a dicha transmisión) queda exenta la ganancia patrimonial.

Para que la vivienda se considere habitual, los asesores fiscales advierten de que el contribuyente deberá residir en ella durante tres años y de forma continuada, con algunas excepciones como si ha contraído matrimonio en ese plazo, si ha habido una separación matrimonial, un traslado por motivos laborales, la obtención de empleo más ventajoso en otra ciudad, etc.

5. Reformas para ganar eficiencia energética

Este año todavía se pueden aplicar las deducciones por obras para la mejora energética de la vivienda habitual o de una vivienda en alquiler. Se permite aplicar una deducción del 20% ó 40% de las cantidades invertidas, "siempre que se acredite una reducción de al menos un 7% en la demanda de calefacción y refrigeración o una reducción de al menos un 30% del consumo de energía primaria no renovable, respectivamente", indican los asesores. Para ello, es indispensable contar con un certificado de eficiencia energética anterior y posterior a las reformas. Las obras que dan derecho a estas deducciones son las realizadas entre el 6 de octubre de 2021 y el 31 de diciembre de 2023. 

6. Atención a la deducción de maternidad mejorada

El asesor fiscal recuerda que la deducción por maternidad se ha mejorado a partir de 2023. Así, se ha ampliado y además de poder beneficiarse las mujeres trabajadoras que estén en situación de alta en la Seguridad Social, también podrán hacerlo las que no estén dadas de alta en el momento del nacimiento del menor, "pero se den de alta en cualquier momento posterior en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad, con un periodo mínimo de 30 días cotizados". Esta permite desgravarse 1.200 euros anuales por cada hijo menor de tres años. 

Se puede incrementar hasta en 1.000 euros adicionales cuando el contribuyente tenga gastos de guarderías o centros de educación infantil autorizados. En Aragón existe también una deducción autonómica del 15% de los recibos con un máximo de 250 euros por hijo inscrito si aún no tiene 3 años y 125 euros si se trata del año en el que cumple esta edad.

7. Donativos

Antes de que acabe el año se pueden efectuar donaciones a fundaciones, asociaciones y ONG. Los contribuyentes podrán deducir de la cuota del Impuesto el 80% de los primeros 150 euros donados y el 35% del resto del importe que supere esos 150 euros. Este último porcentaje será del 40% en caso de donaciones plurianuales, es decir, si hubiese realizado donaciones por importe igual o superior a la misma entidad en los dos ejercicios anteriores. Si se trata de organizaciones no incluidas expresamente en la ley, solo desgrava un 10%.

8. Invertir en emprendedores

Invertir en proyectos de emprendedores puede ser otra forma de pagar menos en el IRPF, recuerda Aedaf. "A partir del ejercicio 2023 se ha mejorado tanto el importe de dicha deducción como otros aspectos de la misma", recuerdan. Los contribuyentes podrán deducir de la cuota del impuesto el 50% de las cantidades satisfechas en el periodo por la suscripción de acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente creación. La base máxima de deducción es de 100.000 euros anuales, por lo que el importe máximo de la deducción es de 50.000 euros.

La deducción estatal no es compatible con la deducción autonómica, a no ser que la inversión supere los límites establecidos en la deducción estatal. En Aragón existe una por adquisición de acciones o participaciones sociales de entidades nuevas o de reciente creación, del  20% de las cantidades invertidas con un máximo de 4.000 euros.  

9. La compra de un coche eléctrico que desgrava a Hacienda

Los contribuyentes que hayan adquirido un vehículo nuevo eléctrico a partir del 30 de junio de 2023 pueden deducirse el 15% del valor de adquisición del vehículo, siempre que se cumplan determinados requisitos. "Si se está barajando la posibilidad de adquirir este tipo de vehículos, puede resultar atractivo hacerlo antes de finales de año para, de este modo, beneficiarse del incentivo fiscal", aconsejan los asesores fiscales. Los vehículos que dan derecho a la aplicación de esta deducción son los vehículos eléctricos 'enchufables' y de pila de combustible.

10. Instalar un punto de recarga

El contribuyente puede desgravarse también por la inversión que haga en instalar un puntos de recarga para vehículos eléctricos. Existe una deducción del 15% de las cantidades pagadas. Las inversiones que dan derecho a deducir serán las realizadas entre el 30 de junio de 2023 y el 31 de diciembre de 2024 y la instalación del punto de recarga debe llevarse a cabo en un inmueble que sea propiedad del contribuyente y su instalación no puede haberse pagado en metálico, sino mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuenta. Descontadas las ayudas públicas, si se recibieron, se fija un máximo de 4.000 euros al año.

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