Revalorización de las pensiones en 2021: a quién afecta y el importe

El alza de las cuantías percibidas por los pensionados es una de las cuestiones candentes cada año en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

Pensionistas
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Aránzazu Navarro

El pasado 26 de enero, el Consejo de Ministros aprobó la revalorización del 0,9% de las pensiones contributivas y de las llamadas clases pasivas, y del 1,8% de las no contributivas, según la Ley de los Presupuestos Generales del Estado para 2021. El Real Decreto 46/2021, de 26 de enero (BOE 27 de enero de 2021) ratificó la medida. Esa decisión es, año tras año, fundamental para el día a día de millones de españoles, que viven con la preocupación de equiparar sus percepciones a las alzas en el costo de la vida.

La tasa de variación anual del Índice de Precios al Consumo (IPC) es el dato que determina si el dinero percibido por salarios o prestaciones mantiene o no su valor real. En España, después de cuatro meses de 2021, la inflación acumulada es del 1,6%.

A quién afecta la medida

Los importes de las pensiones mínimas del sistema de la Seguridad Social y de Clases Pasivas, de las pensiones no contributivas y del extinguido Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI) no concurrentes, así como las pensiones del SOVI concurrentes con pensiones de viudedad de alguno de los regímenes del sistema de la Seguridad Social, de las prestaciones de la Seguridad Social por hijo a cargo con 18 o más años y con un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento, y del subsidio de movilidad y compensación para gastos de transporte se han incrementado en 2021 en un 0,9 por ciento sobre las cuantías mínimas de pensión correspondientes al año 2020.

Hay más figuras afectadas. Las prestaciones de orfandad causadas por violencia contra la mujer, por ejemplo, siguen un criterio diferente; la subida de este capítulo en 2021 es igual al que se apruebe para el Salario Mínimo Interprofesional para dicho año. Actualmente se busca un acuerdo para que esa subida del SMI llegue al 60% del salario medio en España, situado entre 1.000 y 1.200 euros.

Importe de la revalorización

La materialización de la cantidad percibida en cada supuesto de pensión es la siguiente:

  • Las pensiones de incapacidad permanente, jubilación, viudedad, orfandad y en favor de familiares del sistema de la Seguridad Social en su modalidad contributiva, causadas con anterioridad al 1 de enero de 2021 y no concurrentes con otras, se revalorizarán el 0,9 por ciento.
  • El importe de la pensión, una vez revalorizada, estará limitado a la cantidad de 2.707,49 euros, entendiendo esta cantidad referida al importe de una mensualidad ordinaria, sin perjuicio de las pagas extraordinarias que pudieran corresponder. Dicho límite mensual será objeto de adecuación en aquellos supuestos en que el pensionista tenga derecho o no a percibir 14 pagas al año, comprendidas en uno u otro caso, las pagas extraordinarias, a los efectos de que la cuantía no supere o pueda alcanzar, respectivamente, 37.904,86 euros, en cómputo anual.
  • Las pensiones que excedan de 2.707,49 euros mensuales no se revalorizarán.

Aplicación de la revalorización de las pensiones

La revalorización se aplicará al importe mensual que tuviese la pensión de que se trate el 31 de diciembre de 2020, excluidos los siguientes conceptos:

  • Los complementos reconocidos para alcanzar los mínimos establecidos con anterioridad.
  • El recargo de prestaciones económicas por falta de medidas de seguridad e higiene en el trabajo.
  • Las percepciones de rentas temporales por cargas familiares y la indemnización suplementaria para la provisión y renovación de aparatos de prótesis y ortopedia, en el supuesto de pensiones del extinguido seguro de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

En cuanto al SOVI, y sus pensiones no concurrentes con otras pensiones públicas, cualquiera que sea la fecha del hecho causante, consistirá en la diferencia entre el importe de la pensión a 31 de diciembre de 2020 y la cuantía de 6.183,80 euros, en cómputo anual.

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