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Una funcionaria pide prisión para el expresidente de la comarca de Cariñena

La querellante acusa a José Luis Ansón de un delito de denuncia falsa. La mujer estuvo de baja por ansiedad a raíz un procedimiento judicial impulsado por el político y que acabó archivado. 

José Luis Ansón en el Consejo Comarcal de Cariñena
José Luis Ansón en el Consejo Comarcal de Cariñena
Jorge Zorraquín

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Daroca investiga al expresidente de la comarca del Campo de Cariñena José Luis Ansón por una presunta denuncia falsa, delito por el que acaban de solicitar para él una condena de dos años de prisión y una multa de 10.800 euros. La querellante es María Pilar Izquierdo, funcionaria que ejercía como tesorera en la citada comarca y a la que el ahora acusado denunció en junio de 2020 por presuntos delitos de usurpación de estado civil y falsedad documental.

El procedimiento contra esta empleada pública, a la que José Luis Ansón acusaba de utilizar sus claves para hacer operaciones bancarias sin su consentimiento, acabó archivado. El expresidente de la comarca recurrió el sobreseimiento ante la Audiencia Provincial, que acabó confirmando la decisión de la jueza instructora en diciembre de 2021.

El abogado Luis Nivela Santonja, que representa a la querellante, considera que aquella denuncia estaba «absolutamente infundada» y obligó a su cliente a coger la baja por ansiedad. No en vano, se vio envuelta en un procedimiento que se prolongó un año y tuvo que renunciar a su cargo de tesorera. De ahí que ahora pida 3.000 euros por daños morales.

Una polémica gestión con varias causas abiertas

La gestión de José Luis Ansón al frente de la comarca del Campo de Cariñena no estuvo exenta de polémica. Y como consecuencia de la misma, se abrieron distintas causas judiciales: en unas ejerció la asación y en otras fue el acusado.

El pasado mes de enero, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Daroca condenó a Ansón como autor de un delito leve de coacciones contra Jesús Javier Gimeno, uno de los integrantes del consejo de la demarcación. El juez le impuso una multa de 1.350 euros y el pago de las costas. La sentencia concluyó que existió «responsabilidad criminal» cuando el máximo responsable de la institución exigió a Gimeno que acreditase que no estaba inhabilitado para el ejercicio de cargo público en los días previos a la votación de la moción de censura.

El juez determinó que Gimeno «se vio coaccionado e intimidado por la situación pública a la que se vio expuesto a consecuencia de la actuación del denunciado quien tenía como intención final salvar su situación política, lo que intentó a costa de coaccionar al denunciado».

Se refería a que antes de la sesión celebrada en marzo de 2022 -en la que la moción de censura no se llegó ni a debatir ni a votar por decisión de la mesa de edad- Ansón «coaccionó al denunciante obligándole presentar una documentación (…) con la intención de que no asistiera, sabiendo que el voto del denunciante sería en contra de sus intereses». Según aquel  fallo, Gimeno «presentó lo que obtuvo para acreditar que la condena no le inhabilitaba para cargo público», pero, «aún con esto, el día de la moción fue requerido para que abandonara el pleno».

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