Zaragoza

Avanza tendrá que devolver 1,5 millones al Ayuntamiento por los abonos gratis a trabajadores y sus familiares

El TSJA concluye que este beneficio social a los empleados lo debe soportar la concesionaria del transporte urbano.

Un bus urbano pasa junto a una concentración de protesta del comité de empresa.
Un bus urbano pasa junto a una concentración de protesta del comité de empresa.
Guillermo Mestre

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) acaba de ratificar una sentencia del año 2019 que sostiene que la concesionaria del bus urbano, Avanza Zaragoza, es la responsable de soportar el coste de los abonos gratuitos en el transporte de los que disfrutan los empleados de la empresa, jubilados y sus familiares. El fallo, ante el que cabe recurso al Supremo, establece que la compañía debe devolver al Ayuntamiento 1,5 millones de euros correspondientes el periodo comprendido entre el inicio de la concesión en 2013 y diciembre de 2017.

Este asunto es viejo y ya suscitó polémica en tiempos de los gobiernos del PSOE, cuando se llegaron a reclamar a la concesionaria más de 20 millones de euros. Estos pases gratuitos, que están recogidos en el convenio de la empresa, se remontan a los orígenes de la concesión, en el año 1982. Ya con ZEC en el gobierno se reclamó judicialmente a la empresa el pago de 2,4 millones por estos abonos, que beneficiaban a unas 2.500 personas.

El argumento del Ayuntamiento es que no había autorizado ese beneficio social de forma expresa y que el contrato con la empresa en ningún caso recoge que el erario deba soportar esos bonos. La sentencia de 2019 le dio la razón parcialmente, ya que rebajó la cuantía hasta los 1,5 millones.

Fuentes municipales explicaron que el proceso judicial dejó en suspenso las reclamaciones de los abonos a partir de ese momento, pero lo previsible es que ahora se retomen, a la espera de que se aclare si hay recurso de casación. El Ayuntamiento estima que por el año 2018 la empresa tenga que devolver 350.000 euros y una cantidad similar por 2019. Para 2020 bajaran notablemente al ser el año de las restricciones a la movilidad. Se deducirán estas cantidades en la siguiente certificación del servicio una vez que la sentencia sea firme.

¿Qué argumentos da el juez para rechazar la tesis de Avanza? En su apelación, la empresa se apoya en los pliegos de condiciones del contrato para tratar de justificar su pretensión de evitarse el coste de los abonos, dado que no se recoge que la concesionaria deba pagarlos. También rechaza la interpretación de que el Ayuntamiento no había aprobado la exención, dado que los pliegos establecen que el licitador debe asumir el convenio colectivo.

Para los letrados municipales, no hay duda: la gratuidad de los abonos "es un coste salarial más, pero no debe ser repercutida al Ayuntamiento", dado que ninguna de las cláusulas de los pliegos de condiciones hace referencia a ello. Por tanto, subraya que el concesionario debe cobrar las tarifas aprobadas por la administración, que a su vez es la única que puede aprobar una exención. Avanza no puede decidir quién paga o no el importe del transporte.

El TSJA deja claro que durante el proceso no se discute el convenio colectivo. En este sentido hace referencia al reglamento del servicio de transporte urbano de viajeros por autobús, que establece que "las condiciones de emisión y utilización de las tarjetas de transporte válidas en los autobuses urbanos serán aprobadas por el Ayuntamiento".

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