tribunales

La Audiencia ratifica la condena al vecino de Magallón que destrozó la casa de su ex

Un juzgado de lo Penal lo condenó a dos años y medio de cárcel por delitos de amenazas, daños y vejaciones. 

El acusado, en la Audiencia Provincial durante una vista para decidir si era puesto en libertad provisional, como así fue.
El acusado, en la Audiencia Provincial durante una vista para decidir si era puesto en libertad provisional, como así fue.
Oliver Duch

La Audiencia Provincial de Zaragoza ha confirmado en todos sus extremos la sentencia dictada contra Wieslaw Krzystof Taras, el vecino de Magallón que destrozó a martillazos la casa de su exmujer y de sus hijos.

El juzgado de lo Penal 8 lo condenó a 18 meses de prisión por un delito de amenazas menos graves, a otros 12 meses de cárcel por un delito continuado de amenazas leves y a 18 meses de multa, a razón de 8 euros diarios (4. 320), por los daños causados en la vivienda. También le imponía 30 días de localización permanente por un delito continuado de vejaciones, ya que se declaró probado que, durante los casi veinte años de convivencia con su mujer, Wieslaw K. Taras se dirigía a ella de forma habitual y frecuente con expresiones peyorativas como "puta" o "hija de puta" y amenazas como "te voy a matar" o "te voy a pegar".

La condena llevaba aparejada medidas de alejamiento se su ex durante seis años y medio y la prohibición de acercarse a Magallón por ese mismo tiempo, así como una indemnización de 3.000 euros por el daño moral causado.

El juzgado declaró probado que el 7 de enero de 2018, tras haber cumplido una condena de cuatro meses de alejamiento por insultar a su exesposa, se presentó en el domicilio familiar con la excusa de recoger unas pertenencias. Nada más entrar dio varios portazos y se enfadó al pensar que la mujer, que tenía el móvil en la mano, lo estaba grabando. Entonces empezó a insultarla y, al hacer amago de abalanzarse sobre ella, ella lo roció con un espray de defensa personal. El acusado montó en cólera, cogió un martillo, un cuchillo y una bombona de camping gas y rompió los enseres y el mobiliario de la casa.

La sentencia, que absolvió al acusado de cuatro delitos de lesiones y uno de maltrato habitual, fue recurrida por ambas partes aunque por motivos muy distintos. El abogado de Taras, Marco Antonio Navarro, argumentó que no se había valorado adecuadamente la prueba y pidió su absolución. Mientras, la abogada de la víctima, Amparo Romero Pascual, solicitó la nulidad parcial del fallo por haberse exonerado al acusado del delito de maltrato habitual y, alternativamente, su condena.

La Audiencia rechaza ambos. Por un lado, entiende que al no reflejarse en el relato de hechos que existiera una situación de dominio sostenida en el tiempo de forma consistente, donde la violencia se empleara como medio de relación, no se dan los elementos para condenar por maltrato.

Por otro, considera que la valoración de la prueba es "razonada" y "razonable" y que podrá o no ser compartida, pero no contiene ningún error u omisión. Expone que la versión de la víctima reúne todas las características precisas para que ser tenida en cuenta como prueba de cargo para desvirtuar el derecho a la presunción de inocencia del acusado. Recuerda que su relato está ratificado por sus hijos, su padre (presente en la casa) y dos vecinos que oyeron parte de lo acontecido. A esto se añaden los informes psicosociales, que recogían que Wieslaw K. T. no hace autocrítica ni se arrepiente de nada y responsabiliza a su exmujer y sus hijos de su situación actual. Su abogado recurrirá ante el Tribunal Supremo.

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión