Cómo se forman las diputaciones provinciales y quién elige a los diputados

Las elecciones autonómicas y municipales del 28 de mayo también renovarán la composición de DPZ, DPH y DPT, aunque los aragoneses no elijan directamente a sus miembros.

Sede de la DPZ, en la plaza de España de Zaragoza
Sede de la DPZ, en la plaza de España de Zaragoza
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Voto por correo, elecciones municipales, comicios autonómicos, candidatos, Ayuntamiento, Cortes... Son muchos los términos que en las últimas semanas, pero sobre todo desde el 12 de mayo, comienzo oficial de la campaña electoral, protagonizan informativos y titulares en periódicos y medios de comunicación ante la proximidad de las elecciones que se celebran el 28 de mayo en 12 comunidades, las 2 ciudades autonómicas y en 8.131 ayuntamientos españoles. Un escenario electoral en el que poco se habla de las diputaciones provinciales, instituciones claves en la administración local que también se renovarán tras los comicios del 28-M.

Su labor consiste en administrar los intereses y asegurar la prestación integral y adecuada de los servicios públicos de competencia municipal en todo el territorio de cada provincia y su existencia como órgano de gobierno, tal y como reza el título VIII de la Constitución española de 1978, dedicado a la organización territorial del Estado.

Existen 41 diputaciones provinciales en España. De ellas, 38 son de régimen común y tres de régimen foral. Además existen siete cabildos y cuatro consejos insulares. En Aragón hay tres: DPZ, DPH y DPT y cuentan en total con 77 diputados: 25 corresponden a la Diputación de Huesca, otros tantos a la de Teruel, y 27 a la de Zaragoza. El número de diputados depende de la población de cada provincia y tomando como referencia una escala incluida en la Ley del Régimen Electoral General.

Cómo se elige a los diputados provinciales

A las provincias con hasta 500.000 habitantes, como ocurre en Huesca y en Teruel, le corresponden 25 diputados. De 500.001 a 1.000.000, como Zaragoza, 27 representantes. Las que tienen entre un millón de residentes y 3,5 millones, tienen 31 diputados, mientras que las que cuentan con más de 3,5 millones de habitantes, cuenta con 51 miembros.

Pero los aragoneses que acudan a las urnas el próximo 28 de mayo no encontrarán una papeleta para elegir a los miembros de las tres diputaciones. La elección de los mismos se hace de forma indirecta, aplicando la más que famosa Ley D' Hondt -sistema que se utiliza para repartir los escaños o concejales entre las candidaturas de forma proporcional al número de votos obtenidos- a los resultados obtenidos por las formaciones políticas en los ayuntamientos.

Aunque la papeleta que se tiene en cuenta para la formación de las diputaciones es la de las municipales, los municipios no son la circunscripción fijada por ley a la hora de elegir a sus señorías: son los partidos judiciales, que se reparten, proporcionalmente y atendiendo al número de residentes en el décimo día posterior a la convocatoria de elecciones atendiendo a la siguiente regla:

  • Todos los partidos judiciales cuentan, al menos, con un diputado.
  • Ningún partido judicial puede contar con más de tres quintos del número total de diputados provinciales.
  • Las fracciones iguales o superiores a 0,50 que resulten del reparto proporcional se corrigen por exceso y las inferiores por defecto.
  • Si como consecuencia de las operaciones anteriores resultase un número total que no coincida, por exceso, con el número de diputados correspondientes a la provincia, se sustraen los puestos necesarios a los partidos judiciales cuyo número de residentes por diputado sea menor. Si, por el contrario, el número no coincide por defecto se añaden puestos a los partidos judiciales cuyo número de residentes por Diputado sea mayor.

Así se realiza el reparto de escaños por cada partido

Constituidos todos los ayuntamientos de la provincia, la Junta Electoral de Zona procede inmediatamente a formar una relación de las formaciones políticas que hayan obtenido algún concejal dentro de cada partido judicial y los ordenan según el número de votos obtenidos.

Después, distribuye los puestos que corresponden a los partidos aplicando la ley D'Hondt. Pasados cinco días de esta asignación, la Junta Electoral convoca por separado a los partidos para que sean los concejales electos de cada formación los que, con al menos un tercio de apoyos, decidan quién de ellos van a ser diputados.

Efectuada la elección, la Junta de Zona proclama los diputados electos y los suplentes (tres por cada puesto que también son avalados por los concejales electos) y expide las credenciales correspondientes.

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