La amnistía que reclama Junts para Puigdemont no tiene encaje constitucional para los juristas

La petición de una amnistía en las condiciones actuales es anticonstitucional.

Imagen del expresidente de la Generalitat de Catalunya, Carles Puigdemont, en la sede del partido Junts per Catalunya.
Imagen del expresidente de la Generalitat de Catalunya, Carles Puigdemont, en la sede del partido Junts per Catalunya.
NACHO DOCE

La amnistía de los represaliados del 'procés' que Junts reclama como condición sine qua non para investir a Pedro Sánchez es el precio -junto a un referéndum- que debe pagar el candidato del PSOE para seguir en la Moncloa. La reivindicación independentista ha vuelto a la palestra después de que la diabólica aritmética que salió de las urnas el 23-J haya revalorizado los siete escaños del partido de Carles Puigdemont en la lucha de bloques en el Congreso.

Ahora bien, ¿cuánto tiene de realista y cuánto de utópica esta petición en el marco constitucional actual? Si bien algunos juristas, los menos, defienden que la carta magna no hace alusión a la amnistía como tesis para defender su viabilidad, los expertos consultados por este periódico responden tajantes: la petición de una amnistía en las condiciones actuales es anticonstitucional. Para argumentar sus posturas enarbolan tres premisas. Por un lado, la diferencia entre una amnistía y un indulto general. Por otro, creen que sólo se justifica como una fórmula de reconciliación que no aplica en la situación política actual. Y, por último, que en la pasada legislatura no sólo se derogó el delito de sedición, sino que la modalidad de malversación por administración desleal rebajó estas penas.

Javier Tajadura, catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad del País Vasco, señala que aunque la norma fundamental no prohíbe expresamente la amnistía, sí regula el derecho de gracia a través de los indultos. "La Constitución dice que los indultos tienen que ser individuales, no caben los indultos generales. Y, por tanto, no caben las amnistías, esta es mi posición", explica.

El indulto general supondría una condonación del cumplimiento de la pena. Por ello, Enrique Gimbernat, catedrático de Derecho Penal de la UCM, sostiene que "sería absurdo que se prohibieran los indultos generales y se permitiera la amnistía".

En marzo de 2021 la Mesa del Congreso rechazó la tramitación de la propuesta de ley orgánica de amnistía que presentaron los grupos independentistas basándose en un informe de los letrados de la cámara en el que advertían que podía suponer un "indulto general" a los represaliados por el 1-O. Además, la amnistía no se aprobaría por decreto, sino por ley orgánica -que requiere una mayoría absoluta en el Congreso-. "Así como si un indulto es legal o no lo dice el Tribunal Supremo, una ley de amnistía la controlará el Tribunal Constitucional", añade Tajadura.

Y destacan la intromisión que supone una propuesta de ley de este calado en el Estado de Derecho. "Me parece poco lógico establecer mecanismos que rompan la división de poderes, que al final es lo que supone una amnistía; proponer al Parlamento la posibilidad de dejar sin efecto decisiones judiciales", señala Baldomero Oliver, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Granada.

Situaciones excepcionales

"La amnistía existe en la medida en que está la posibilidad, dentro del ordenamiento jurídico, de que se pueda olvidar un hecho delictivo. En el registro de penados y rebeldes desaparece la comisión de un delito. Hay un elemento fundamental que se entiende para circunstancias muy especiales, pero no para pagos políticos", explica Rafael Murillo Ferrer, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad CEU San Pablo. Un precedente fue la Ley de Amnistía de 1977, previo a la Constitución, que tuvo sentido en los orígenes de un régimen democrático.

Mario Pereira, profesor de Derecho Penal de la Universidad de Navarra, replica con contundencia. "No estamos ante la lógica de los delitos atroces, ni de la Justicia Transicional. Comparar la situación de los prófugos del 'procés' con la Guerra Civil y la posterior dictadura franquista constituiría un dislate de tal magnitud, que considero no merece mayores comentarios", afirma. Tampoco le parece coherente una fundamentación de una ley que pretenda amnistiar a los prófugos catalanes sobre la base de "necesidades de reconciliación nacional y de paz pública", cuando el Gobierno en funciones, a día de hoy, a través de la Fiscalía del Estado, sigue solicitando al juez instructor del caso que emita sendas euroórdenes a Bruselas, pidiendo la detención y entrega de estas personas por el delito de malversación. "Con independencia de cuál sea el futuro gobierno, se advertiría como una profunda bipolaridad por parte del Estado español que por un lado esté solicitando a otros estados de la Unión Europea la entrega de una persona a los efectos de ser juzgado y, al mismo tiempo, sustente un proyecto de ley de amnistía general sobre la base de necesidades de paz y reconciliación nacional respecto de esas mismas personas y por los mismos hechos", explica Pereira. Asimismo, las rebajas de penas por el delito de malversación "no parece tener mérito una construcción que pretenda -racionalmente- fundamentar una necesidad de amnistía general", agrega.

El PSOE, por el momento, apunta al marco constitucional como el límite para la negociación. "Esto es como un juego de póquer. En este punto todos van de farol a la espera de mostrar sus cartas", explica Moisés Ruiz, experto en liderazgo político y comunicación y profesor de la Universidad Europea de Madrid. En su opinión, "es un juego político súper atractivo, porque a ver cómo entienden las bases de Junts que hace seis años quisieran romper con España y que ahora son determinantes para la estabilidad política del país".

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