economía

Un matrimonio de Huesca se libera de 78.000 euros de deudas con la segunda oportunidad

La pareja iba encadenando contratos temporales y préstamos para afrontar los gastos que terminaron en sobreendeudamiento.

Juzgados de Huesca.
Juzgados de Huesca.
Rafael Gobantes

Un matrimonio de Huesca ha conseguido el perdón de las deudas que arrastraba desde hacía varios años. A través del mecanismo de la segunda oportunidad ha logrado liberarse del pago de 78.463 euros que acumulaba tras haberse sobreendeudado con préstamos de distintas entidades. 

El juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de la capital oscense ha concedido la exoneración del pasivo insatisfecho a través de un auto dictado el pasado 8 de septiembre. En la sentencia, la magistrada recoge que los deudores cumplían los requisitos de esta herramienta contemplada dentro del concurso de acreedores. Entre ellos, que habían acreditado "la insuficiencia sobrevenida de la masa activa para satisfacer todos los créditos".

Contratos temporales y paro

"La inestabilidad en sus ingresos les impidió afrontar las cuotas mensuales de sus préstamos y tarjetas de crédito", han explicado desde la plataforma Asociación de Ayuda al Endeudamiento que ha llevado este caso.   

Desde 2019, los dos deudores "no han gozado de estabilidad laboral, han ido encadenando contratos temporales con etapas en desempleo hasta que conseguían otro contrato temporal", han detallado desde la citada organización. "Esta situación les hizo solicitar diferentes métodos de financiación como préstamos y tarjetas para poder ir haciendo frente a los gastos habituales de una casa pero con esto sólo consiguieron aumentar mucho más sus deudas", han explicado, sobre cómo llegaron a la situación de sobreendeudamiento.

Laura Muñoz, letrada de la asociación, ha señalado que se intentó llegar a un acuerdo extrajudicial con los acreedores, un paso necesario antes de la reforma de la ley concursal el 26 de septiembre de 2022. Se acudió a un notario, uno de los profesionales ante los que se podía solicitar, y "se propuso una quita del 90% de la deuda", pero no aceptaron los acreedores, ha reconocido.

Desde el pasado 26 de septiembre de 2022, el acuerdo extrajudicial de pagos dejó de ser un requisito obligatorio para la exoneración de deudas. “Se impuso con el fin de disminuir la cantidad de personas en concursos de acreedores, pero ha cumplido su función. Dada las constantes negativas de las financieras suponía más un obstáculo que un beneficios”, detalla Muñoz.

Tras el fracaso en el intento de convenio se dio el siguiente paso, la exoneración del 100% de la deuda a través de la segunda oportunidad.

El perdón que recoge la sentencia se extiende a todas las deudas que no había podido pagar. Se trata de una exoneración "general y definitiva". Así, el auto recoge el archivo de las actuaciones por liquidación de la masa activa e inexistencia de más bienes o derechos del concursado.

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