economía

¿Qué le cuenta tu banco a Hacienda de ti?

Las entidades financieras están obligadas cada año a facilitar información de las cuentas de sus clientes a la Agencia Tributaria.

La paga extra del verano es una ayuda para afrontar las vacaciones.
La paga extra del verano es una ayuda para afrontar las vacaciones.
Canva

El cruce de datos entre distintas administraciones es cada vez más frecuente dentro de las medidas para luchar contra posibles delitos o para facilitar trámites en la Administración. La campaña de la declaración de la Renta es un ejemplo de ello, cuando el contribuyente recibe los datos fiscales o el borrador el impuesto que elabora la Agencia Tributaria. ¿Qué información envía el banco a Hacienda sobre las cuentas corrientes de sus clientes?

"Las entidades financieras están obligadas a facilitar cada año a la Agencia Tributaria información sobre las cuentas abiertas en la entidad, con el fin de evitar el fraude fiscal y el blanqueo de capitales", ha recordado el Banco de España a través de la información que traslada a los ciudadanos en el Portal del Cliente Bancario.

Cuando se abre una cuenta en una oficina bancaria existe un plazo máximo de 90 días para comunicar a la entidad la residencia fiscal. "En caso de no comunicar estos datos, la norma permite que la entidad bloquee la cuenta", han advertido sobre las consecuencias de no cumplir con este requisito. 

"Con la información que comunicamos a la entidades, la Agencia Tributaria puede intercambiar datos con otros países y combatir el fraude y el blanqueo", ha explicado el organismo regulador. 

Información que debe comunicar el banco a Hacienda

Además del domicilio fiscal y de residencia de los titulares de las cuentas, las entidades, también debe comunicar al fisco:

- Nombre, apellidos o razón social del titular

- Número de cuenta y saldo al final del año natural considerado.

Desde el Banco de España se informa a los ciudadanos que la comunicación entre el banco y la Agencia Tributaria tiene que hacerse una vez que el cliente tiene conocimiento de ella. Antes de facilitar a Hacienda estos datos, la entidad deberá ponerlos a su disposición "con antelación suficiente" para poder ejercer el "derecho a la protección de tus datos".

Dentro de las comunicaciones sobre las cuentas bancarias se incluyen las transferencias. Los bancos están obligados a reportar a la Administración Tributaria determinados movimientos que los clientes pueden realizar en sus cuentas:

-Operaciones en efectivo, tanto ingresos como retiradas, que superen los 3.000 euros.

-Cobros de cualquier documento (cheques, letras, pagarés…) superiores a 3.000 euros.

Asimismo, la normativa obliga a estas entidades a aplicar "medidas reforzadas de diligencia" para las operaciones de envío de dinero cuyo importe, bien singular, bien acumulado por trimestre natural, supere los 3.000 euros, así como a identificar a todas aquellas personas que realicen operaciones con ellas superiores a 1.000 euros, recuerda el Banco de España.

Desde el 11 de julio de 2021, no pueden pagarse en efectivo las operaciones de un importe igual o superior a 1.000 euros o su contravalor en moneda extranjera, en el caso de los pagos en los que alguna de las partes actúe en calidad de empresario o profesional.

La Ley General Tributaria establece la obligación de los bancos de proporcionar a la Administración todo tipo de información con trascendencia tributaria relativa a sus relaciones económicas, profesionales o financieras con otras personas. Y para dar cumplimiento a esto, las entidades pueden establecer medidas de diligencia que vayan más allá de las que expresamente señalan las normas, y pedir la información que consideren adecuada a sus clientes.

En este sentido, el Banco de España aclara también que el hecho de que la Administración Tributaria pueda tener información de todos estos movimientos "no significa que vaya a iniciar una investigación". Así, explica que solo la abre "cuando tenga sospechas de alguna operación delictiva, poniéndose en contacto con la entidad para pedirle más información, y con el usuario si lo considera procedente". De ahí que recalque la importancia de tener justificación de todos los movimientos de las cuentas bancarias.

Apúntate a la newsletter de economía y tendrás cada semana las últimas noticias del sector, claves y recomendaciones de expertos.

 

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión