Subsidio para las personas sin derecho a paro en 2023: requisitos, plazos y cuantía

Los desempleados que no han cotizado el tiempo suficiente a la Seguridad Social pueden optar a la prestación del Ministerio de Yolanda Díaz.

Subsidio para las personas sin derecho a paro en 2023: requisitos, plazos y cuantía
Subsidio para las personas sin derecho a paro en 2023: requisitos, plazos y cuantía
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Cuando una persona pierde su trabajo, uno de los primeros pasos que debe dar es estudiar las distintas prestaciones que gestiona el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Quienes están en esa situación, pero no han cotizado, como mínimo, 360 días a la Seguridad Social y, por ende, no tienen derecho a paro, no deben preocuparse: pueden acceder al subsidio por cotización insuficiente. Aunque este se dirige a quienes cuentan con una vida laboral reducida, solo podrán recibir la cuantía, durante un periodo de tiempo concreto, aquellos que cumplan una serie de requisitos.

Esta prestación social pretende ayudar a los desempleados a hacer frente a su vulnerabilidad económica, y está en manos del organismo público dependiente del Ministerio de Trabajo y Economía Social, que lidera Yolanda Díaz. No obstante, es fundamental no confundirlo con la Renta Activa de Inserción (RAI), ni con la ayuda que se destina a los mayores de 45 años que siguen sin encontrar trabajo, tras haber agotado el subsidio por desempleo.

Cuantía del subsidio por cotización insuficiente

La cuantía del subsidio para los desempleados que no tienen derecho a paro pasó de los 463,21 euros al mes de 2022, a los 480 euros actuales. Esto supone el 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem), que ha alcanzado los 600 euros. Su aumento entró en vigor el 1 de enero, tal y como aprobó el Gobierno de España en los Presupuestos Generales del Estado (PGE) de 2023.

No obstante, hay que tener en cuenta que, en caso de pérdida de trabajo a tiempo parcial, el beneficiario recibirá un importe proporcional a las horas previamente trabajas en el último contrato, según se detalla en la Sede Electrónica del SEPE.

El pago de la prestación se realiza por mensualidades de 30 días, entre los días 10 y 15 del mes inmediato siguiente al que corresponda el devengo. Salvo excepciones, se abona en la cuenta que indique el beneficiario, siempre que sea titular de la misma. Además, solo se puede percibir durante seis meses, sin que sea posible prorrogarlo.

Requisitos para pedir el subsidio de 480 euros

Aunque su propio nombre indica que uno de los requisitos para poder recibir el subsidio es no haber cotizado el tiempo suficiente a la Seguridad Social, el solicitante debe reunir otras condiciones:

  • Estar desempleado y en situación legal de desempleo.
  • Estar inscrito como demandante de empleo, mantenerla durante todo el periodo de percepción y suscribir el compromiso de actividad.
  • Haber cotizado por desempleo, como mínimo, tres meses si se tienen cargas familiares, o seis meses si no se tienen, sin llegar a 360 días ya que, en tal caso, se tiene derecho a la prestación contributiva.
  • No percibir rentas superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, sin contar la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.

Cómo se puede solicitar la ayuda al SEPE

Las personas que quieran estar entre los beneficiarios del subsidio por cotización insuficiente deberán presentar la solicitud en el plazo de 15 días hábiles, que empiezan a contar desde el día siguiente a la situación legal de desempleo.

Si la empresa le hubiese abonado las vacaciones por no haberlas disfrutado, la ayuda nace al día siguiente al fin del periodo que corresponda a esas vacaciones. Si presenta la solicitud fuera de plazo, tendrá derecho a que se apruebe a partir del día siguiente a la fecha de la solicitud: se restarán de la duración de la prestación los días comprendidos entre la fecha en que hubiera correspondido el inicio y en que se haya presentado la solicitud.

La petición puede realizarse a través de la Sede Electrónica del SEPE, en la oficina de prestaciones, en cualquier oficina de registro público o por correo administrativo.

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