Cuándo se puede solicitar el borrador de la declaración de la Renta este 2023

La posibilidad de pedir y descargar un borrador es una realidad que la mayoría de los contribuyentes están esperando con ganas.

Declaración de la Renta.
Declaración de la Renta.

La cuenta atrás ha comenzado y los contribuyentes ya están contando los días para hacer de la mejor manera posible la declaración de la Renta y saldar así su “deuda” con Hacienda. Conocer de antemano las novedades que trae la nueva campaña y revisar las cuentas para la declaración de 2022 evitará sustos de última hora o algún problemilla con la Agencia Tributaria.

La Agencia Tributaria confecciona un borrador del impuesto que se puede descargar por internet en la página web oficial. Esta última resulta la vía más sencilla para los que se manejan bien con las nuevas tecnologías. Cada vez hay más contribuyentes que optan por hacer la declaración por su cuenta y riesgo, obteniendo el borrador de la propia Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y rellenándolo para cumplir cuanto antes con su obligación y Hacienda.

Además, desde hace unos días la web dispone de un simulador, que aunque sirve solamente como orientación, aunque es muy útil para si este año sale a pagar o a devolver, además de la cantidad que habrá que abonar o que se podrá esperar como devolución. Y con suerte recibir ese dinero lo antes posible. Desgraciadamente, Hacienda no tiene plazos fijos para pagar las devoluciones. 

La declaración de la Renta, después de Semana Santa

El martes 11 de abril es el primer día en el que la AEAT pondrá a disposición de los contribuyentes el borrador de la declaración de la renta correspondiente a 2022, y también será el primer día en que la citada declaración podrá presentarse. El plazo para completar el trámite concluye el 30 de junio. Además de hacer la declaración por vía digital, identificándose para la descarga y posterior declaración en la web de la AEAT, también se puede pedir asistencia telefónica a la institución (a partir del 3 de mayo) o presencial (desde el 25 de mayo).

Se puede acceder a los datos fiscales en la citada web o en la app móvil Agencia Tributaria, accediendo de diferentes formas:

  • Certificado electrónico reconocido.
  • Sistema Cl@ve PIN de identificación, autenticación y firma electrónica común para todo el Sector Público Administrativo Estatal.
  • Número de referencia previamente suministrado por la Agencia Estatal de Administración Tributaria. 
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