La paga compensatoria de las pensiones para los prejubilados: requisitos y cuándo se cobra

La última reforma de las pensiones contempla este plus en ciertos casos, según el nivel de ingresos y los años cotizados.

Una pareja de jubilados operan en el cajero automático de una entidad bancaria en Zaragoza.
Una pareja de jubilados operan en el cajero automático de una entidad bancaria en Zaragoza.
Laura Uranga

En un año complicado por las subidas en los precios de bienes de primera necesidad, desde los combustibles a la electricidad y los productos de supermercado, las pensiones viven una revisión al alza que tiene detalles aún más interesantes para quienes hayan alcanzado un determinado número de años cotizados o tenga un nivel de pagas de baja cuantía.

Requisitos para cobrar la paga compensatoria

Desde el 1 de marzo han empezado a cobrar un suplemento aquellas personas jubiladas que hayan cotizado a la seguridad social más de 44 años y medio, o bien contaran con pagas de cuantía; este suplemento no caduca, y se cobrará de manera vitalicia. Se le llama el ‘plus de los prejubilados’, porque se abona a quienes cumpliendo esa cantidad de años cotizados se jubilasen anticipadamente de manera voluntaria; además, deben haber dado este paso entre 1 de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2021, y en el caso de haber accedido a la pensión de jubilación anticipada de forma involuntaria, haberlo hecho un máximo 4 años antes de alcanzar la edad ordinaria de jubilación.

Unas 213.000 pensionistas beneficiados

Así, podrán beneficiarse del complemento aquellos jubilados que cuenten con más de 44 años y 6 meses de carrera de cotización, o bien que cuenten con al menos 40 años de cotización siempre y cuando en este último caso su pensión sea inferior a 900 euros mensuales a 1 de enero de 2022; en total, unas 237.000 personas. Los jubilados que cobren la pensión máxima del sistema (24.000 personas) no recibirán esta compensación, y tampoco lo harán los jubilados que se retiren a partir de 2022; la cuantía se marca por la diferencia entre el monto derivado de la aplicación a la pensión inicial los coeficientes reductores previstos en la nueva ley de reforma de las pensiones y la pensión inicialmente reconocida.

Esas diferencias van de los 4,5 a los 82 euros mensuales, que equivalen a 63 euros y 1.148 euros anuales, contando las dos pagas extraordinarias de verano y Navidad. La medida no ha cautivado a las asociaciones de pensionistas, que la consideran insuficiente, sobre todo por la mencionada subida actual de bienes de primera necesidad.  

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