Cuándo se podrá obtener el borrador de la declaración de la Renta

Todos los contribuyentes podrán obtener un borrador de declaración en los términos previstos en el artículo 98 de la Ley del Impuesto.
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Declaración de la Renta
Para obtener el borrador de la declaración de la Renta debe utilizarse alguno de los sistemas de identificación disponibles

La campaña de la declaración de la Renta de este año comienza el 6 de abril, y se extenderá hasta el 30 de junio. Entre esas dos fechas, todos los contribuyentes obligados a presentarla deben formalizar este trámite en una de las diferentes maneras ofrecidas por la Agencia Tributaria; el primer plazo, hasta el 2 de mayo, está reservado a las declaraciones que se realizan íntegramente por internet. El paso inicial en este caso es la obtención del borrador de declaración o de los datos fiscales del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Así, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 64.1 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, todos los contribuyentes podrán obtener un borrador de declaración en los términos previstos en el artículo 98 de la Ley del Impuesto. Para ello, la Administración tributaria podrá requerir a los contribuyentes la aportación de la información que resulte necesaria.

El día 6 de abril ya estará disponible el borrador; los datos fiscales de la declaración del IRPF ya se pueden consultar y descargar en la web de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sede.agenciatributaria.gob.es.

Para operar allí, tanto en la consecución del borrador como en la propia modificación o confirmación posterior si así se desea, debe utilizarse alguno de los sistemas de identificación disponibles, ya sea certificado digital o Cl@ve PIN. En el caso de una tributación conjunta, deberá hacerse constar el número de identificación fiscal (NIF) del cónyuge y su número de referencia o Cl@ve PIN.

En el mes de mayo se abrirá la posibilidad de hacer la declaración por vía telefónica, y posteriormente se facilitará la vía personal, ambas previa cita. No obstante, la falta de obtención del borrador de declaración o de los datos fiscales no exonerará al contribuyente de su obligación de declarar en el plazo, lugar y forma establecidos, recordando que el 30 de junio es la fecha de cierre de la campaña. 

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