Qué son los gastos deducibles de la declaración de la Renta

Tanto los trabajadores por cuenta ajena como los empresarios y autónomos tienen una serie de variables a las que pueden acogerse para su aplicación en este proceso.

Declaración de la Renta.
Declaración de la Renta.

Los gastos deducibles son fundamentales a la hora de presentar la declaración anual del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF). El 6 de abril comienza el plazo para efectuar este trámite a través de las redes, y se abrirán plazos progresivamente para las citas previas de las declaraciones por teléfono o presenciales, con el fin de la campaña de este año fijado en el 30 de junio. Tanto los trabajadores por cuenta ajena como los empresarios y autónomos tienen una serie de variables a las que pueden acogerse para su aplicación en este proceso.

Hay muchos factores a tener en cuenta. Por ejemplo, las cotizaciones a la Seguridad Social o las mutualidades generales obligatorias de funcionarios, como MUFACE. También están las cuotas a sindicatos y colegios profesionales, con un máximo del 20% de descuento de las mismas en el primer caso y un tope de 500 euros en el segundo, solamente en las profesiones que obligan a estar colegiado para ejercer, como la medicina o la abogacía. Las personas con discapacidad reconocida y en activo pueden tener deducciones a partir del 33% de discapacidad; si se tiene el 65% o más, las deducciones podrían llegar hasta los 7.750 euros como máximo, según ingresos.

Gastos deducibles en los autónomos: de las dietas a la luz o internet

Los autónomos pueden deducir una parte de los gastos de alquiler del domicilio propio si trabajan desde él, lo mismo que ocurre con los suministros (hasta un 30% de la luz, el agua o la calefacción) sobre el porcentaje de metros cuadrados usados exclusivamente para la actividad profesional. En cuanto a los gastos de teléfono o internet, si se quieren deducir hay que contar con líneas nuevas y exclusivas para la actividad profesional.

Las dietas son un capítulo especialmente delicado. Incluyen consumiciones realizadas en hoteles, restaurantes o gasolineras, y no debe pasar de 26,67 euros diarios en España o 48,08 euros en el extranjero, cantidades que se doblan si implican desplazamiento. En cuanto a los seguros, todos aquellos que estén relacionados con la actividad profesional son deducibles.

También son deducibles los consumos de explotación (materiales necesarios para el desarrollo de la actividad) y la compra de bienes para ese mismo fin. En cuanto a los gastos de comisiones de tarjetas, cuentas o transferencias, o los intereses generados por préstamos y créditos, también pueden deducirse del IRPF, lo mismo que la cuota de autónomos o los gastos derivados de tener otros trabajadores contratados.

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