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Las ayudas por la covid que tributan en la Renta y cómo declararlas

Las que se cobraron en 2020 habrá que incluirlas en la declaración del IRPF que se presente hasta el 30 de junio.

Imagen de archivo de un centro de confección de declaraciones de la Renta.
Imagen de archivo de un centro de confección de declaraciones de la Renta.
Aránzazu Navarro

La campaña de la Renta de este año está siendo la primera que refleja los efectos de la pandemia de covid-19. En ella se tienen que declarar las prestaciones por desempleo que han cobrado quienes se han visto afectados por un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) en 2020, si llegan a los límites previstos, y las que perciban todos los beneficiarios del ingreso mínimo vital (IMV). También habrá que incluir las ayudas que se recibieron el año pasado para paliar las pérdidas provocadas por las restricciones que ha traído la crisis sanitaria.

La Agencia Tributaria señala que como norma general "salvo que la Ley expresamente lo indique, todas las subvenciones o ayudas recibidas por personas que no realizan actividades económicas, tienen la consideración de ganancias patrimoniales, por lo que están sujetas y no exentas en el Impuesto sobre la Renta".  

A la hora de declararlas, las subvenciones o ayudas pueden tener un tratamiento diferente en el impuesto por lo que desde la propia Hacienda se aconseja "consultar el acuerdo de concesión de la ayuda, que, si está exenta, recogerá esta circunstancia". Si no se conoce se puede consultar en el teléfono de información tributaria 901 33 55 33 y el 91 554 87 70 (de lunes a viernes de 9.00 a 19.00).

Ayudas a los autónomos

Los autónomos han sido uno de los colectivos que más han sentido los efectos de las restricciones de movilidad, aforos y horarios impuestos para frenar los contagios de coronavirus. A ellos fue dirigida la prestación extraordinaria por cese de actividad, para aquellos profesionales por cuenta propia que se vieron obligados a cerrar. En este caso, el dinero que fueran cobrando cada mes, a modo de 'desempleo', se tendrá que declarar en la renta de este ejercicio. En Aragón, más de la mitad de los autónomos han tenido que pedir esta ayuda, unos 50.800, según un balance reciente de la asociación de las mutuas de trabajo, AMAT.

Desde la Asociación española de asesores fiscales (Aedaf), su delegada en Aragón, Pilar Pinilla, explica que aunque su origen esté en la actividad del autónomo, "no es un rendimiento de actividades económicas" sino que se considera un rendimiento de trabajo que tiene para el empresario o profesional autónomo la consideración de rendimiento íntegro de trabajo personal en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

José García, asesor fiscal de la citada asociación, añade que se pueden deducir como "otros gastos deducibles" el importe de 2.000 euros y, a su vez, si no tienen otras rentas distintas de las procedentes del trabajo personal superiores a 6.500 euros, pueden aplicar una reducción del sobre el rendimiento neto (rendimiento íntegro menos gastos deducibles) de 5.565 euros. Esto sería en el supuesto de un rendimiento neto hasta 13.115 euros, "minorándose la cuantía conforme se incrementa el rendimiento neto", detalla García.

Subvenciones de las comunidades

Desde Aedaf señalan que en el supuesto de que se perciban subvenciones procedentes de comunidades autónomas, para autónomos en dificultades consecuencia del covid-19, que pueden incluir contingencias como cese de actividad y caída de ingresos, "estos importes tienen la consideración de rendimientos de actividades económicas". Por lo tanto, se declaran "como cualquier otro ingreso ordinario de la actividad", que se podrá imputar "íntegramente en el ejercicio en el caso de subvenciones corrientes o en varios ejercicios si se trata de subvenciones de capital para favorecer la adquisición de inmovilizado", siempre que no se indique que dichas subvenciones están exentas de tributación, explican los citados expertos.

Así, en estos casos, consideran que fiscalmente no resulta perjudicial como en el supuesto de los trabajadores en ERTE que, al pasar a tener dos pagadores (su empresa y el desempleo) pueden verse obligados a tener que hacer la declaración, porque el límite se rebaja de 22.000 a 14.000 euros brutos al año. Y que esta salga a pagar porque el servicio público de empleo estatal (SEPE) no retiene nada en sus prestaciones. "Al autónomo no le perjudica porque siempre tiene que hacer la declaración de la renta", apuntan e inciden en que se podrán aplicar las reducciones fiscales correspondientes. "Habría que ver cada caso específico", matizan.

Cómo tributan los créditos ICO

Otra de las ayudas llegó el año pasado en forma de préstamos del Instituto de Crédito Oficial (ICO). En estos casos, como se trata de un dinero que hay que devolver, no es necesario declararlo. Se podrán deducir los gastos bancarios que haya supuesto su constitución.

"Los importes percibidos por los autónomos como préstamo ICO no deben incluirse como ingreso ya que lo tendrá que devolver posteriormente, pero sí que tienen la consideración de gasto deducible los intereses asociados al mismo así como las comisiones de apertura y cancelación", plantean los expertos. 

Desde Aedaf recuerdan que "la exoneración del pago de cuotas de autónomo tampoco es un ingreso computable", pero hay que tener en cuenta que "tampoco son un gasto deducible ya que no se ha pagado". En el caso de cuotas de autónomo pagadas y posteriormente devueltas, "si se han computado como gasto, también deben computarse como ingreso", añaden.

Los asesores fiscales reconocen que la declaración de la renta va a ser "más complicada" este año. En Aragón, 719.969 aragoneses tienen que presentar el tributo, un 0,9% más.  El principal problema radicará en los ERTE y "toda la gente que ha cobrado indebidamente".

El colapso del SEPE, por la sobrecarga desde el inicio de la pandemia, y el retraso en corregir los errores, hará que pueda haber más fallos en los datos fiscales. La propia Agencia Tributaria aconseja que se presente la declaración lo más tarde posible si se espera alguna corrección del SEPE. Si esta llega después de presentada la renta habrá que hacer "una declaración complementaria", recuerda Pinilla.

"Hay incertidumbre porque no sabemos qué nos vamos a encontrar", confiesa la delegada en Aragón de Aedaf. "Los trabajadores quieren saber lo que les sale a pagar", afirma, ante las dudas sobre las cuantías correctas en un año en el que se esperan más declaraciones y un aumento de las que resultan a pagar.

La campaña de la renta finaliza el próximo 30 de junio.

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