Requisitos para recibir la nueva ayuda de 430 euros al mes a parados sin ingresos

Este subsidio es para aquellos parados que agotaron todas las ayudas y se quedaron sin ingresos entre el 14 de marzo y el 30 de junio.

Pobreza en las calles de Zaragoza.
Pobreza en las calles de Zaragoza.
Aránzazu Navarro

Una nueva ayuda social de 430 euros mensuales para parados sin ingresos ha sido aprobada este martes por el Consejo de Ministros. El Ministerio de Trabajo lleva estudiando esta prestación desde el verano y beneficiará a unas 250.000 personas sin ingresos en España; una situación sin precedentes, que necesita de una solución eficaz. La cuantía será el 80 % del IPREM, esos 430 euros, durante 3 meses, que se elevará a 451 euros en 2021, por el incremento del 5% de este indicador de rentas, tal y como proponen los Presupuestos Generales del Estado para el año próximo.

¿A quién va dirigida la ayuda?

Este nuevo subsidio va destinado a los parados que agotaron todas las prestaciones de desempleo durante los meses de confinamiento la pasada primavera e inicio del verano. Se dará cobertura a quienes entre el 14 de marzo y 30 de junio agotaron el desempleo sin tener acceso a otras ayudas, ni tampoco poder acceder a un  trabajo remunerado por las restricciones el confinamiento y el parón de la actividad económica debida a la pandemia de la covid-19.

Requisitos para recibir el subsidio de 430 euros al mes

Para poder recibir esta prestación se han de cumplir una serie de condiciones que expone el Ministerio de Trabajo dirigido por Yolanda Díaz

  • Estar en situación de desempleo.
  • Estar inscrito en los sistemas públicos de empleo como demandantes.
  • Las personas que estén cumpliendo el mes de espera para acceder al subsidio de agotamiento de la prestación contributiva.
  • No será compatible con la percepción del ingreso mínimo vital, la renta de inclusión, salario social o ayudas análogas de cualquier administración pública.

¿Cuándo puede presentarse este subsidio extraordinario para parados?

Según el real decreto ley publicado este 4 de noviembre en el BOE y que entra este jueves 5 de noviembre en vigor, la solicitud de este subsidio especial por desempleo "podrá presentarse a partir del día siguiente a la fecha de entrada en vigor de este real decreto ley y hasta el día 30 de noviembre de 2020 inclusive".

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