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El Gobierno y los autónomos pactan nuevas ayudas por la crisis de la covid-19

Este lunes, el Gobierno y las asociaciones de trabajadores por cuenta propia llegaron a un acuerdo, que se ratifica este martes en Consejo de Ministros.

Una trabajadora autónoma en su oficina
Una trabajadora autónoma en su oficina
Pixabay

El pasado 30 de septiembre, después de tres meses de disfrute, concluía para los trabajadores autónomos la vigencia de las medidas paliativas aplicadas por el bajón de ingresos que causó (y causa) la covid-19. Sin embargo, en la tarde del día 30 se fraguó un nuevo acuerdo entre el Gobierno y las principales asociaciones de autónomos para una extensión de las prestaciones destinadas a este colectivo: se ampliarán hasta el 31 de enero a través de un Real Decreto que este martes 29 quedará aprobado en Consejo de Ministros.

El Ejecutivo ampliaba cuatro meses más estas ayudas y las mejora para llegar a un mayor número de trabajadores por cuenta propia. En la anterior prórroga (de julio a septiembre, tras el Real decreto-ley 24/2020 del 26 de junio) se beneficiaron 150.000 personas, a pesar de que actualmente hay más de 300.000 con la persiana bajada y un espeluznante total de 1,6 millones tienen un 60% de facturación con respecto al mismo periodo del año anterior. Con las nuevas disposiciones, casi 600.000 trabajadores autónomos estarán protegidos.

Un acuerdo para trabajadores autónomos con tres ayudas

El acuerdo contempla tres tipos de ayudas. En primer lugar, se recupera la prestación extraordinaria por cese de actividad para todos los emprendedores que hayan tenido que cerrar o vayan a hacerlo en los próximos meses debido al golpe de la pandemia en el desempeño habitual de sus actividades económicas. También podrán acogerse a esta prestación quienes acrediten una caída de facturación del 75% o tengan sus negocios cerrados, aunque no tengan el periodo mínimo de cotización de un año y se hayan beneficiado o no de la tarifa plana, supuestos no contemplados en el anterior Decreto. Además de ello, podrán beneficiarse los autónomos en pluriactividad, siempre y cuando las retribuciones del trabajo por cuenta ajena y propia no superen en 2,2 veces el salario mínimo (2.090 euros al mes). Todos ellos cobrarán el 50% de su base de cotización en lugar del 70%, pero se les exonerará de la cotización durante el periodo que dure ese confinamiento y un mes después, y no se computará este tiempo para futuras prestaciones.

El acuerdo también incluye la ampliación del cese de actividad ordinario para todos los autónomos que agoten esta prestación contributiva durante los próximos meses. En este caso, seguirán cobrando el 70% de su base reguladora. En suma, van a estar cubiertos todos los autónomos que disfrutaban de esta prestación hasta ahora, más los que demuestren unas pérdidas del 75% en el próximo trimestre respecto al mismo periodo del año anterior. Se incluye aquí también a los autónomos en pluriactividad, con el mismo condicionante ya descrito para este segmento de la fuerza laboral: que ganen menos de 2.090 euros al mes.

Otras ayudas vigentes para autónomos

Además de las nuevas disposiciones, hay otras ya vigentes desde antes de la situación extraordinaria derivada de la pandemia. Así, para convertir desempleados en trabajadores por cuenta propia, se contempla una subvención por establecimiento como trabajador autónomo, cuya cuantía máxima asciende a los 10.000 euros. La ayuda es una reducción de hasta cuatro puntos del interés fijado por la entidad de crédito que concede el préstamo destinado a la financiación de las inversiones para el desarrollo de la empresa.

También está disponible la subvención para asistencia técnica cuya cuantía es de hasta el 75% del coste de los servicios prestados con un máximo de 2.000 euros

Por otro lado, para los autónomos que inicien su actividad económica por primera vez o aquellos que no hayan estado en situación de alta en los dos años anteriores, está la tarifa plana de 60 euros mensuales durante 12 meses, beneficio que también disfrutarán las mujeres que hayan sido madres y vuelvan a darse de alta como trabajadoras autónomas en los dos años posteriores a la fecha de cese de actividad.

Los menores de 30 años (o de 35 años en el caso de mujeres que hayan causado alta por primera vez) tendrán derecho a una bonificación adicional del 30% sobre la cuota de contingencias comunes (actualmente, la cuota mínima es de 286 euros) durante los 12 meses posteriores a la finalización de la tarifa plana. Aquellas personas autónomas en situación de maternidad, paternidad, acogimiento, adopción o riesgo durante el embarazo o lactancia materna podrán acogerse a una bonificación del 100% de la cuota mínima de autónomos.

También hay supuestos de ayudas para personas con discapacidad, víctimas de violencia de género y víctimas del terrorismo; pueden acogerse a una reducción de la cuota mensual a 60 euros y de hasta un 80% en el caso de optar por una base de cotización superior. Por conciliación de la vida profesional y familiar vinculada a la contratación. Los trabajadores tendrán derecho a una bonificación del 100% de la cuota por contingencias comunes por cuidado de menores de 12 años o por tener a cargo un familiar. 

Nueva prestación extraordinaria por suspensión temporal de actividad en la hostelería

El Gobierno ha anunciado este 10 de noviembre que flexibiliza el criterio para que puedan acogerse a esta ayuda los autónomos con negocios cerrados y sin servicio de comida a domicilio. Por tanto, los hosteleros que tengan sus negocios cerrados por las restricciones impuestas en determinadas comunidades autónomas finalmente sí podrán acceder a la prestación extraordinaria por suspensión temporal de la actividad que puede solicitarse desde el pasado mes de octubre. El Ministerio de Seguridad Social ha flexibilizado el acceso de los trabajadores autónomos de este sector, uno de los más afectados en esta segunda ola de la pandemia, a esta ayuda por la que cobran al menos 472 euros al mes y no tienen que pagar sus cuotas a la Seguridad Social.

Según el presidente de ATA, Lorenzo Amor, el 95% de los bares de las regiones afectadas por las restricciones se encuentran en cierre total, por lo que podrían acogerse a esta ayuda cuya cuantía es el 50% de la base mínima de cotización que corresponda por la actividad desarrollada, cantidad que aumenta un 20% si el trabajador es miembro de una familia numerosa, o el 40% si convive con parientes de primer grado con derecho a esta prestación. Además, queda exonerado de pagar las cuotas pero el periodo le cuenta como cotizado. Pero además, todos los autónomos, tanto si realizan actividad a domicilio como si no, pueden solicitar la prestación compatible con la actividad si registran una caída de facturación del 75% respecto al último trimestre del año pasado o del 50% respecto al primer trimestre de 2020, una ayuda que asciende al 70% de la base reguladora, aunque en este casi sí consumen las cotizaciones acumuladas.

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