Multa de hasta 500 euros por bañarse en las fuentes de Zaragoza en plena ola de calor

La Ordenanza Municipal sobre el uso de zonas verdes en la capital aragonesa lo deja muy claro: bañarse en las fuentes de la ciudad es una infracción grave.

Cuando el calor aprieta, cualquier lugar es bueno para refrescarse, aunque no lo permita la normativa.
Cuando el calor aprieta, cualquier lugar es bueno para refrescarse, aunque no lo permita la normativa.
Toni Galán

En plena canícula veraniega las olas de calor se suceden y Zaragoza vuelve a estar en alerta por altas temperaturas. Cuando los termómetros superan los 40 grados, meter los pies en una fuente o darse un baño en un lago o estanque de la capital aragonesa puede ser una tentación para muchos porque cualquier lugar es bueno para refrescarse. Pero los que lo hacen incumplen la ordenanza municipal sobre el uso de zonas verdes y se arriesgan a ser multados con hasta 500 euros por la Policía Municipal.

Las fuentes públicas son parte de la infraestructura de la ciudad y están destinadas principalmente a la decoración, al suministro de agua potable y otros fines públicos, pero no sirven para actividades recreativas como bañarse, para eso están la veintena de piscinas públicas de Zaragoza que, durante las olas de calor rebajan el precio de la entrada

La normativa es estricta y la Policía Local controla los baños en fuentes y estanques, aunque no sanciona de manera masiva. De hecho, estos días de intenso calor es habitual ver a menores y adultos refrescándose en la plaza del Pilar, el Parque José Antonio Labordeta, la ribera del Ebro o el Parque del Agua.

La multa por bañarse en una fuente de Zaragoza oscila entre los 250 y los 500 euros

El capítulo V de la Ordenanza Municipal de Uso de Zonas Verdes prohíbe expresamente bañarse "en las fuentes decorativas, estanques, surtidores, bocas de riego y similares, sitos en las zonas verdes o en espacios públicos". Tampoco se permite lavar o arrojar en ellos ningún objeto. El incumplimiento de estas prohibiciones se califica como infracción grave con multa de entre 251 y 500 euros.

No se prohíbe bañarse en el Ebro, Huerva y Gállego

Bañarse en los ríos, por otro lado no está prohibido. No está permitido, pero tampoco está regulado. La ley de aguas y el reglamento del dominio público hidráulico consideran el baño como un uso común de las aguas. Para poder bañarse en un río es imprescindible una baja concentración de dos tipos de bacterias: 'enterococos intestinales' (330 UFC/100 ml) y de 'escherichia coli' (900 UFC/100 ml). Las mediciones recogen cifras inferiores a esos límites por lo que dentro del dominio público hidráulico (ríos, pozas, lagos y embalses) el baño no se prohíbe en el río Ebro, el Huerva o el Gállego a excepción de los lugares donde haya carteles indicativos por motivos concretos, que sí pueden ser regulados por ayuntamientos o por la Confederación Hidrográfica del Ebro. 

Está desaconsejado bañarse fuera de una piscina o zona vigilada, pero, en el caso de elegir un río o poza hay que prestar atención y no bañarse nunca en zonas que no se vea el fondo, haya corrientes y tenga desniveles.  

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión