tribunales

Absuelven a los dos médicos de Zaragoza para los que pedían cárcel por la muerte de un paciente

La sentencia descarta una imprudencia profesional y considera que la actuación de los sanitarios fue correcta. La Fiscalía y la familia del fallecido los responsabilizaban del fallecimiento por la supuesta tardanza de una operación.

Imagen de archivo de una ambulancia del Sistema de Emergencias Médicas (SEM) de Cataluña
Imagen de archivo de una ambulancia.
Archivo SEM

El titular del Juzgado de lo Penal número 7 ha decidido absolver a los dos médicos de Zaragoza para los que la Fiscalía y la familia de un hombre de 66 años solicitaron en noviembre sendas penas de dos años y cuatro meses de prisión por un delito de homicidio imprudente. Las acusaciones sostenían que S. J. C. F. y C. A. F. U. no atendieron con la diligencia debida a este paciente, al que consideraban que se dio el alta hospitalaria de forma prematura y se operó por segunda vez tarde. El Ministerio Público y los allegados del fallecido les responsabilizaban por ello del fatal desenlace, pero el juez se apoya en la «abundante prueba testifical y pericial» del juicio para descartar una imprudencia profesional. Y pese al «lamentable» fallecimiento del paciente, concluye que la actuación de los galenos obedeció a los criterios de la buena praxis médica.

Los hechos que dieron lugar a esta causa se remontan al 1 de agosto de 2016, cuando el enfermo fue intervenido en un hospital privado de la capital aragonesa para extirparle un tumor benigno que presentaba la complicación de estar situado cerca del nervio óptico. Según la familia, el doctor S. J. C. F. les comunicó que la operación había ido bien y el paciente ingresó en la uci. Sin embargo, al día siguiente le efectuaron un TAC de control que detectó la formación de un pequeño hematoma subdural. Al parecer, el médico tranquilizó a la mujer e hijas del hombre explicándoles que el sangrado sería reabsorbido de forma natural. De manera que, el 3 de agosto, se dio orden de trasladar al hombre a planta.

Según los hechos probados de la sentencia, «tras realizar varios TAC de control los días 4, 8, y 12 de agosto en los que se evidenciaba una buena progresión del hematoma subdural y dado que el paciente toleraba la bipedestación y la deambulación, permanecía afebril y no presentaba complicaciones en la herida quirúrgica», se tramitó su alta.

La familia no terminó de entender que les mandaran a casa, ya que veía al paciente todavía inflamado, se mareaba al caminar y tenía problemas al hablar. Por todo ello, solicitaron una ambulancia para trasladarlo a su vivienda en Huesca, pero se vieron obligados a desplazarse allí en un vehículo particular. El enfermo recibió el alta el 12 de agosto, pero su estado obligó a ingresarlo de nuevo solo dos días más tarde.

El ahora fallecido fue atendido primero en una clínica de la capital oscense. Allí se le hizo un nuevo TAC, donde se le apreció un «hematoma subdural agudo». De ahí que, esta vez sí, los médicos decidieran su traslado en uvi móvil al hospital de Zaragoza donde previamente había sido operado.

La Fiscalía y la acusación particular reprochaban a los médicos investigados que, ante el preocupante diagnóstico de la clínica oscense, no operaran al hombre ese mismo día y optaran por un «tratamiento conservador». Y lo hicieron porque un forense del Instituto de Medicina Legal de Aragón (IMLA) remitió un informe al juez instructor del caso en el que decía que el paciente «debió haber sido intervenido de urgencia el 14 de agosto al presentar un hematoma subdural agudo con un grosor mayor de 10 milímetros». El hecho es que el hombre no pasó por el quirófano hasta el 16 de agosto y su muerte se produjo en la madrugada del día 21 de ese mismo mes como consecuencia de una parada cardiorrespiratoria.

Descarta el nexo causal

Al absolver a los facultativos, el magistrado descarta que los antecedentes médicos del paciente desaconsejaran la primera operación a la que se sometió para extirparle el tumor, algo que las acusaciones recriminaban también a los investigados. Pero centrándose en la supuesta tardanza a la hora de intervenir por segunda vez al enfermo, el juez parte de la base de que el diagnóstico de la clínica de Huesca fue erróneo, ya que los testigos y peritos –varios de ellos, profesionales ajenos al hospital y vinculados al servicio público de sanidad– habrían acreditado en el juicio que el supuesto hematoma subdural «no era agudo, sino crónico». Y por ello, apunta el magistrado, no existía «necesidad de una intervención urgente» .Como así terminó reconociéndolo también durante la vista oral el forense del IMLA que había criticado en su informe la tardanza.

Por todo ello, la sentencia descarta un nexo causal entre la actuación de los dos médicos y la muerte del hombre de 66 años. Contra el fallo cabe todavía recurso ante la Audiencia Provincial de Zaragoza.

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