Aragón

El Gobierno de Aragón pide al TSJA que autorice de forma cautelar el pasaporte covid

La DGA ha presentado alegaciones al auto del tribunal superior aragonés porque entiende que es el competente para tomar esta decisión, al igual que en otras comunidades.

La sala Oasis llena de mesas en lugar de contar con pista de baile, tal y como marca la normativa.
Toni Galán

El Gobierno de Aragón ha presentado alegaciones al auto del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) sobre el pasaporte covid, después de que éste propusiera  plantear una cuestión de inconstitucionalidad a esta petición de la DGA frente a la ley estatal de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (LJCA).  

Según informa el Gobierno aragonés, frente a la afirmación del TSJA de que es necesario volver a plantear nuevamente cuestión de inconstitucionalidad a la ley estatal de Jurisdicción Contencioso-Administrativa, idéntica a la ya planteada, y que ello impide resolver el actual procedimiento, el Ejecutivo autonómico considera que es posible resolver sin reiterar la cuestión de inconstitucionalidad y sin que ello implique incurrir en incoherencia. "Lo contrario supondría la suspensión de facto de la norma procesal y de la normativa sanitaria hasta que resuelva el Tribunal Constitucional, algo que no viene exigido por la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional. El propio Tribunal Supremo lo ha estimado así en diversas sentencias".

También entiende el Gobierno de Aragón que el TSJA, al igual que en otras muchas comunidades autónomas, "es el competente para tomar esta decisión".

Por todo ello, el Gobierno de Aragón propone que no se reitere el planteamiento de la cuestión de inconstitucionalidad, por innecesario, y adicionalmente solicita la autorización cautelar de las medidas sanitarias objeto del proceso. En este sentido, los Servicios Jurídicos han presentado alegaciones con la voluntad de que el TSJA se pronuncie sobre la puesta en marcha de forma inmediata del pasaporte covid en Aragón en los términos solicitados el pasado 14 de octubre.

Esta misma sala con anterioridad ha manifestado que podía adoptar medidas cautelares aunque estuviese en discusión su propia competencia para resolver el procedimiento, como así sucedió en un auto de noviembre de 2020 en el que se pronunció acerca de las medidas cautelares solicitadas hasta que se dilucidara la cuestión competencial.

El Gobierno de Aragón presentó la semana pasada al Tribunal Superior de Justicia de Aragón el texto de una orden para modificar la modulación de medidas del nivel de alerta sanitaria 2 para su autorización previa, lo que permitiría el uso de pistas de baile en pubs y discotecas tras el Pilar a las personas que aporten certificado covid. 

En la mencionada orden se establece la apertura del ocio nocturno conforme al horario que establece su licencia (hasta ahora tenían que cerrar a las 4 de la madrugada). Además, en salas de fiestas y discotecas se permite la apertura de las zonas de baile si los asistentes acreditan haber recibido la pauta completa de vacunación Covid-19, habiendo transcurrido 14 días desde la última dosis; haberse recuperado de la infección por SARS-CoV-2 diagnosticada y encontrarse en el periodo comprendido entre el día 11 y el 180, ambos inclusive; o disponer de una prueba diagnóstica de infección activa negativa realizada por profesionales sanitarios en centros o establecimientos autorizados (en las últimas 72 horas en caso de PCR o 48 horas en caso de test rápido de antígenos).