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Justificante y motivos para poder viajar en Semana Santa fuera de Aragón

El confinamiento perimetral del territorio aragonés se prolonga hasta las 00.00 del próximo 9 de abril

Controles en Ejea de los Caballeros.
Controles en Ejea de los Caballeros.
Guillermo Mestre

Las fechas previas al comienzo de la Semana Santa en plena pandemia del coronavirus están marcadas por el anuncio y recuerdo de las restricciones dirigidas a evitar la propagación de contagios durante los próximos días señalados. En Aragón, el calendario festivo apunta a los días 1 y 2 de abril, es decir, jueves y viernes santo. Un puente largo, de cuatro días, que, en condiciones normales, se hubiese traducido en una importante actividad de viajes nacionales a otras comunidades autónomas del país, tanto por turismo como por motivos familiares. Este año 2021 no será posible.

Aunque en Aragón, si la evolución de la pandemia no implica la imposición de nuevas restricciones de movilidad, sí que estarán permitidos todos los viajes desarrollados en el interior de la comunidad -independientemente de la provincia o municipio de origen y destino-, no será posible cruzar las fronteras a otras comunidades sin motivos justificados. Una limitación establecida en el conjunto de país, tras el acuerdo entre el Gobierno central y las autoridades autonómicas, pese a la oposición de Madrid al pacto común. Dicha medida afectará a los territorios españoles de la península, no así a las Islas Baleares e Islas Canarias. 

No obstante, existen algunas excepciones relacionadas con causas de fuerza de mayor por las que se puede justificar un desplazamiento. Motivos que deben ser mostrados en forma de declaración responsable a las autoridades del orden correspondientes. El Gobierno de Aragón, en cuyo BOA del pasado 19 de marzo prolongó el confinamiento perimetral de la comunidad hasta las 00.00 del próximo viernes 9 de abril, establece en la normativa las siguientes posibilidades.

Causas justificadas del confinamiento perimetral autonómico

  • a) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  • b) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
  • c) Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de
educación infantil.
  • d) Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
  • e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
  • f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.
  • g) Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
  • h) Renovaciones de permisos y documentación ofcial, así como otros trámites administrativos inaplazables.
  • i) Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
  • j) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
  • k) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada

El modelo de declaración responsable para justificar los motivos anteriores en los desplazamientos de entrada o salida de ámbitos perimetrados debe incluir el nombre y apellidos de la persona que se desplaza; DNI; domicilio de origen; teléfono de contacto; destino y lugar en el que se alojará en destino, en caso de alojamiento; motivo justificado del desplazamiento; fecha; documentación a aportar; y por último, la firma. La declaración que ofrece el Gobierno de Aragón puede descargarse a continuación.

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