La caza y pesca se regirán en Aragón por la orden del Ministerio de Sanidad

El Ministerio permite la actividad cinegética y la pesca deportiva y recreativa en todas sus modalidades siempre que se respete la distancia de seguridad y las medidas de higiene.

Zaragoza, 22 may (EFE).- La caza y la pesca se regirán en Aragón por la orden que publicó el Ministerio de Sanidad que permite la actividad cinegética y la pesca deportiva y recreativa en todas su...
Cazador, imagen de archivo.
Cazador, imagen de archivo.
Pixabay

La caza y la pesca se regirán en Aragón por la orden que publicó el Ministerio de Sanidad que permite la actividad cinegética y la pesca deportiva y recreativa en todas sus modalidades siempre que se respete la distancia de seguridad y las medidas de higiene y prevención fijadas por las autoridades sanitarias, en los territorios que hayan alcanzado la Fase 1.

Tras la publicación de esta orden en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la pasada semana, el Gobierno de Aragón anula la que publicó en el Boletín Oficial de Aragón (BOA) con anterioridad, con lo que de esta forma, no solamente se reanudan los controles poblacionales de jabalí, conejo, corzo, ciervo y cabra montés, sino que se extiende al resto de las especies cinegéticas, informa el Ejecutivo aragonés en una nota de prensa.

Asimismo, ya no será necesaria una declaración responsable del alcalde de la localidad y del propio cazador que justifiquen el control de la población para cazar en unos municipios concretos. Con anterioridad debía de quedar probado que existían daños agrícolas y riesgos de sanidad animal en una zona en concreto.

La orden del BOE establece que el límite de movilidad se restringe a la provincia. Asimismo, determina que para el desarrollo de la actividad cinegética organizada que implique a más de un cazador, se deberá disponer de un plan de actuación por parte del responsable en el que se detallen las medidas de prevención e higiene a observar.

Durante el desarrollo de las actividades cinegéticas y de pesca deportiva y recreativa previstas, el Ministerio exige las medidas generales de prevención e higiene frente a la covid-19 indicadas por las autoridades sanitarias y en particular como cuando no sea posible mantener la distancia de seguridad establecida será obligatorio el uso de mascarilla; no se compartirán utensilios de caza o pesca, ni utillaje de comida o bebida; se deberá limpiar y desinfectar el vestuario después de su uso de acuerdo con lo previsto en el artículo 6; y se deberán limpiar y desinfectar los utensilios de caza y pesca utilizados.

La citada nota también recuerda que estas actividades se desarrollan en Aragón de acuerdo a las exigencias establecidas en el Plan General de Caza y el Plan General de Pesca, publicados anualmente, y las autorizaciones excepcionales que emite el INAGA. 

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