Cuatro derechos que no sabías que tenías como consumidor

La obra 'Timocracia', escrita por el portavoz de Facua, Rubén Sánchez, constituye una guía de superviviencia contra los abusos en la que se detalla cómo luchar contra las trampas que algunas empresas ponen a los usuarios.

Si un vuelo se retrasa, las compañía aérea correspondiente tiene la obligación de pagarle al usuario la comida y el alojamiento que necesitará durante ese tiempo.
Si un vuelo se retrasa, las compañía aérea correspondiente tiene la obligación de pagarle al usuario la comida y el alojamiento que necesitará durante ese tiempo.
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En pleno siglo XXI, con los estados de derecho de las sociedades occidentales más desarrollados que nunca y unos clientes con un nivel de exigencia inimaginable hace tan solo unos años siguen produciéndose fraudes de diversas escalas con relativa frecuencia.

Son varios los factores que explican esta circunstancia, entre los que destacan la falta de recursos por parte de las administraciones en algunos casos, la voluntad de evitar llegar hasta un litigio y, sobre todo, el desconocimiento.

Es este último, precisamente, el que las asociaciones de usuarios tratan de combatir a través de diversas publicaciones, charlas y acciones de concienciación al respecto como la que supone ‘Timocracia’, la guía de supervivencia contra los abusos escrita recientemente por el portavoz de Facua, Rubén Sánchez. "300 trampas con las que empresas y gobiernos nos toman el pelo a los consumidores" es el lema de la obra, que pretende mostrar una colección de armas para que el usuario pueda defenderse de estos abusos, que se dan especialmente en sectores como la banca, las telecomunicaciones, las aerolíneas, la hostelería o las eléctricas.

Sánchez pone de manifiesto los derechos con los que cuentan legalmente los consumidores, de los cuales buena parte de ellos no son conscientes en muchas ocasiones. Aquí se detallan algunos.

Aerolíneas: si tu vuelo se retrasa tienes derecho a que la compañía te pague la comida y el alojamiento que necesitarás durante ese retraso e incluso una compensación económica que va de los 250 a los 600 euros a partir de las dos horas de dilación. Hostelería: los establecimientos no pueden cobrarle al cliente el cubierto ni que figure en las cartas o menús que se le cargará un tanto por ciento más en la cuenta por tomar sus consumiciones en la terraza. Ambos supuestos son ilegales, y solo en el segundo caso podría admitirse una fórmula que sería la de que se reflejasen los dos precios diferentes, pero no a través de un porcentaje que obliga al usuario a hacer un cálculo que no tiene por qué realizar. En las dos situaciones, el cliente puede negarse a pagar y reclamar. Telecomunicaciones: multitud de experiencias al respecto confirman que darse de alta en una empresa de telecomunicaciones es tarea fácil, mientras que darse de baja suele considerarse como una quimera. Sánchez explica que los operarios suelen recibir órdenes de sus superiores para no resolverle al usuario tanto esta como otras peticiones, unos impedimentos ante los que este puede acabar prolongando su contrato con la entidad. Para asegurarse de que se cancela esa relación contractual, solo basta con enviar un correo certificado a la empresa con un escrito en el que se diga esto expresamente o bien llevar a cabo la portabilidad con otra compañía, un caso en el que esta se encargaría de hacer esa gestión. Reparaciones: cuando un electrodoméstico se estropea, en muchas ocasiones se le reclama a la tienda en la que se ha comprado, que es la que tiene que asumir la garantía, derivarlo al fabricante o aquello que estime oportuno. Sin embargo, es frecuente que desde el comercio al cliente se le remita al propio fabricante, cuyas instalaciones pueden encontrarse fuera del país.

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