La juez absuelve al rapero Morad del intento de robo de un piso en Barcelona

La magistrada sostiene que no existen pruebas objetivas suficientes para condenar al cantante

El cantante Morad en una foto de su Instagram.
El cantante Morad en una foto de su Instagram.
Instagram

Una juez de Barcelona ha absuelto por falta de pruebas al rapero de L'Hospitalet de Llobregat (Barcelona) Morad, para quien la Fiscalía pedía dos años y medio de cárcel por intentar entrar a robar en una vivienda y amenazar de muerte a un vecino que lo sorprendió.

En su sentencia, el juzgado de lo penal número 11 de Barcelona concluye que no hay suficientes pruebas que acrediten la implicación del rapero en el intento de robo y absuelve tanto a Morad como a otro joven que también fue juzgado por los mismos hechos, ocurridos el 12 de febrero de 2018 en una vivienda de la capital catalana que unos ladrones intentaron forzar con un destornillador.

En el juicio, Morad, que solo respondió a las preguntas de su abogado, alegó que en aquella época estaba empezando a dedicarse a la música, a trabajar en estudios y a impulsar su carrera profesional, de manera que no tenía "ninguna necesidad" de cometer un robo con fuerza como el que le imputa el ministerio fiscal.

Para la juez, no queda "suficientemente acreditado" que el conocido rapero y el otro de los acusados, siguiendo un "plan preconcebido, intentaran abrir el portal de acceso al inmueble con un destornillador, con el "ánimo de obtener un beneficio económico ilícito a costa del patrimonio ajeno".

Tampoco queda "suficientemente acreditado", sostiene la magistrada en su sentencia, que Morad y el otro acusado amenazaran a un vecino con el "ánimo de amedentrar y atemorizar" a este hombre.

En su sentencia, la magistrada rebate uno de los puntales de la investigación de los Mossos d'Esquadra, que se basó principalmente en unas imágenes captadas por las cámaras de seguridad de una estación de metro cercana al lugar de los hechos, que los investigadores vincularon a los dos acusados.

Según la juez, "no se ha practicado prueba suficiente que acredite que las imágenes de los individuos de las cámaras del metro se corresponden" del todo con los acusados ni tampoco con los tiempos horarios entre el intento de acción delictiva cometida en el inmueble -sobre las 10.30 horas- y el horario registrado por las cámaras -cincuenta minutos más tarde-.

La juez constata, asimismo, que ni siquiera el testigo ocular de los hechos -el vecino que vio a dos ladrones y los fotografió con su móvil antes de llamar al 112- acreditó en su declaración en el juicio con el "rigor y la certeza" exigidos que los acusados intentaran forzar la cerradura de la puerta, al testificar que "le parece" que una de las dos personas "manipula" la cerradura mientras otro estaba de espaldas.

"No existe prueba de cargo suficiente, pues ni siquiera el testigo ocular está seguro de que los acusados realizaran tal acción", esgrime la magistrada.

Además, subraya en su sentencia que ni este testigo ni los agentes de los Mossos apreciaron daño alguno en la cerradura del portal ni hallaron ningún destornillador u otro instrumento para poder forzar el portal del inmueble.

Por todo ello, la juez no ve probado de manera objetiva el intento de robo que el fiscal imputó al conocido rapero de L'Hospitalet y a otro acusado.

Comentarios
Debes estar registrado para poder visualizar los comentarios Regístrate gratis Iniciar sesión