coronavirus

Los toques de queda de la quinta ola se 'sientan en el banquillo'

El Supremo puede poner en un aprieto esta semana a varias comunidades con su nueva doctrina sobre las restricciones nocturnas.

Dos policías locales, este viernes por la noche en zonas de botellón de Zaragoza.
Dos policías locales, este viernes por la noche en zonas de botellón de Zaragoza.
Toni Galán

Las comunidades contienen la respiración y miran expectantes al Supremo, tanto aquellas que ya están aplicando toques de queda, como las que no han tenido los avales de sus TSJ para implemetar las restricciones nocturnas como aquellas autonomías que aguardan el fallo del alto tribuna para decidir si apuestan por estas limitaciones para tratar de atajar la nueva embestida del virus.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Supremo tiene previsto fallar esta semana sobre el primer recurso de una comunidad durante esta quinta ola, el del Gobierno canario, al que su Superior de Justicia le denegó el 14 de julio el toque de queda entre las 00.30 y las 06.00 horas en las islas con más incidencia del virus (niveles 3 y 4). La Fiscalía ha apoyado el recurso del Ejecutivo insular.

El TSJ canario zanjó que no apreciaba "ningún motivo en cuya virtud pueda defenderse que las conductas de riesgo resulten aún más peligrosas si se ejecutan en horario nocturno o las inocuas dejen de serlo porque el día dé paso a la noche".

Por ahora, los TSJ de Canarias, Extremadura, Aragón y Navarra (la primera vez) han tumbado los toques de queda de sus comunidades, que sin embargo sí que han avalado los superiores de la Comunidad Valenciana, Cataluña, Cantabria y Navarra (en el caso de las restricciones nocturnas solo en fin de semana y fiestas patronales). Sin embargo, las nuevas reglas que establezca ahora el Supremo -habilitado para actuar en tiempo récord gracias a una reforma exprés que hizo el Gobierno cuando decayó el estado de alarma en mayo- pueden poner en apuros a las comunidades que tienen vigentes las restricciones nocturnas, en el caso de avalar la decisión del Superior canario.

El pasado junio, ante de la quinta ola, el Supremo ya tumbó el toque de queda en Baleares al entende que la Ley Orgánica de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública de 1986, que es la normativa a la que han apelado todas las autonomías que han impuesto restricciones tras el fin de la alarma, sí que permitiría ciertas limitaciones de derechos fundamentales, pero nunca de forma masiva e indiscriminada como eran las medidas que el Ejecutivo de Francina Armengol había impuesto a los 1,1 millones de baleares.

O sea, apuntaban, los jueces el "problema" no es la "intensidad" de la medida, sino "más bien la extensión" de estas restricciones. Ahora, el Supremo volverá a fijar límites. 

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