ECONOMÍA

Un jubilado zaragozano consigue recuperar 25.200 euros pagados de más en intereses de un crédito rápido de hace 20 años

Además, el juez da por cancelados los 7.900 euros que tenía todavía pendientes de abonar a Cofidis de un contrato firmado en 2001 que escondía cláusulas abusivas.

La economía española crece pero tiene grandes debilidades.
La economía española crece pero tiene grandes debilidades.
Europa Press..

Un jubilado zaragozano ha conseguido deshacerse de la deuda que arrastraba desde hacía más de 20 años derivaba de un crédito 'revolving' que firmó cuando era un trabajador en activo. En 2001, año en el que trabajaba en el sector del Metal, recurrió a un crédito rápido y no había conseguido saldar la deuda que se iba engordando debido a los elevados intereses que pagaba, hasta que ha acudido a los tribunales.

El cliente contrató una línea de crédito, cuyos intereses fueron multiplicando su deuda debido a que incluía claúsulas abusivas. Solicitó 300.000 pesetas (1.800 euros) que iba devolviendo en cuotas mensuales con un interés del 23,56%, que no aparecía en el contrato. El juzgado de Primera Instancia número 20 de Zaragoza ha declarado ahora la "nulidad radical, absoluta y originaria del contrato suscrito entre las partes" por tratarse de un contrato "usurario". En su resolución se ha condenado también a la entidad a devolverle "todo el exceso abonado, más los intereses legales a computar desde el momento en que, según liquidación, los pagos comenzaron a exceder del capital dispuesto".

En la liquidación a favor del cliente se le devuelven 25.197,25 euros, la suma del exceso de cantidad prestada (20.778,7 euros) y los intereses legales a favor del cliente, que tras los más de 20 años transcurridos superan los 4.400 euros. Además, se le perdona el pago de 7.920,85 euros que todavía debía a la financiera por el sistema de intereses abusivos que escondía.

"El cliente pide un préstamo de única disposición y lo que la entidad le manda es un contrato de línea de crédito sin que el cliente lo pida", explican las abogadas Carolina García y Estela Royo, del  despacho Gayres que han llevado el caso. En el contrato, las abogadas destacan que no figuraba ni el total a devolver aplicado el tipo de interés ni el número de cuotas que tendría que abonar, por lo que "no pudo conocer ni siquiera la carga económica de la cantidad solicitada".

El peligro de los créditos 'revolving'

La línea de crédito concedida por una entidad financiera a un cliente cuenta con "un límite establecido donde las amortizaciones que realiza el cliente con las cuotas mensuales pueden 'volver' a utilizarse", de ahí el término 'revolving', detallan las abogadas.

En este caso concreto, las abogadas recuerdan que el Banco de España ya ha sancionado a Cofidis "por incluir en sus contratos líneas de crédito que el cliente no pide". Este solo quiere contratar una cantidad concreta, para un gasto puntual, pero la citada entidad le va llamando "para ofrecerle nuevas disposiciones", explica sobre la operativa.

Desde el citado organismo se viene alertando contra los productos con el sistema 'revolving' porque contribuyen a crear una deuda que va creciendo con nuevos inteses, llegando a ser "perpetua".  Antes de contratar un producto de crédito revolving, la entidad debe proporcionarte un ejemplo representativo del crédito que incluya información sobre el límite del crédito, el importe total adeudado, el tipo de interés aplicado y la TAE (que además del tipo tiene en cuenta los gastos y comisiones), el plazo de amortización y la cuota a pagar, según se enumera en el Portal del Cliente Bancario del Regulador.

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