Cómo reclamar la ayuda de 200 euros si no me la han ingresado

El cheque está enfocado a las personas que percibieron menos de 27.000 euros en 2022 y tengan un patrimonio inferior a 75.000 euros anuales.

Billete de 200 euros.
Billete de 200 euros.
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Este viernes 30 de junio, el calendario de 2023 se dobla por la mitad. Es una fecha en la que acaban plazos de todo tipo, incluyendo contratos de futbolistas. En lo referente a la declaración de la Renta correspondiente a 2022, el 30 de junio es el último hábil para presentarla. Quien aún no lo haya hecho y tenga obligación de cumplimentar ese trámite debe ponerse las pilas para que no le pille el toro.

La Agencia Tributaria también tiene marcada la fecha por otra razón: ese día concluye el plazo en el que debe comunicar a los beneficiados del cheque de ayuda de 200 a las economías menos favorecidas, cuyo plazo de solicitud concluyó el pasado 31 de marzo. El objetivo de ese cheque anunciado en su día por el Gobierno y aprobado a principios de 2032 era dar un respiro a los que más han sentido la inflación de este último año, con la invasión de Ucrania y las represalias económicas rusas a Occidente como causa directa.

Según las bases de esta ayuda, la Agencia Tributaria debía informar del ‘sí’ a los beneficiarios que hubiesen visto aprobada su solicitud en el plazo de tres meses después de ese 31 de marzo. Los requisitos para recibirla eran residir habitualmente en España, haber percibido menos de 27.000 euros en 2022 y tener un patrimonio inferior a 75.000 euros anuales. También era necesario ejercer una actividad profesional, por cuenta propia o ajena, con alta la Seguridad Social o en una mutualidad, o bien estar percibiendo la prestación por desempleo.

Cómo saber el estado del cheque de 200 euros y cómo reclamar si no ingresan el dinero

A escasos días del fin del plazo ya casi no vale la pena seguir el procedimiento habilitado para saber del estado de la solicitud. Puede hacerse todavía en aeat.es, identificándose con certificado digital, cl@ave o DNIe, y clicando en la casilla ‘mostrar solicitudes en estado de baja’.

Si pasa el 30 de junio y no hay notificación alguna, quiere decir que la ayuda ha sido desestimada. Esta decisión puede recurrirse en la propia Agencia Tributaria durante todo el mes de julio, bien por un recurso de reposición o por una reclamación económico-administrativa:

  • Recurso de Reposición, en el plazo de un mes y con carácter potestativo, ante la oficina de la que proviene el acto administrativo a recurrir, haciendo constar que contra el mismo no se ha interpuesto reclamación económico-administrativa.
  • Reclamación Económico-administrativa, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado o a aquél en que se pueda entender desestimado el procedimiento o el recurso de reposición previo. Se dirigirá al órgano administrativo que haya dictado el acto reclamable.
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