renta 2022

Cambiar las ventanas o la calefacción desgrava, pero solo si se cumplen estos requisitos

Antes de comenzar las obras de rehabilitación para mejorar la eficiencia energética de una vivienda hay que hacer una serie de trámites, si no se perderá la deducción.

Radiador con contador individual y válvula termoestática.
Radiador con contador individual y válvula termoestática.
Francisco Jiménez

Ahorrar energía se ha convertido en una preocupación de los hogares en este último año en el que el precio de la luz y el gas se disparó con el inicio de la invasión rusa de Ucrania. A ello se ha unido que la rehabilitación de vivienda orientada a la mejora de la eficiencia energética se incluye en las ayudas europeas del plan de recuperación y resiliencia tras la pandemia de covid, el Next Generation. Esto ha animado a los usuarios a hacer reformas, que se pueden deducir en la renta, pero solo si se siguen al pie de la letra los requisitos de Hacienda. 

En 2021 se aplicaron tres nuevas deducciones temporales en el Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF)  "sobre las cantidades invertidas en obras de rehabilitación que contribuyan a alcanzar determinadas mejoras de eficiencia energética de las viviendas", recuerdan desde el Consejo General de Economistas, en el documento de renta elaborado esta campaña por los asesores fiscales del REAF. 

Obras que ahorran en la renta

Se trata de la deducción por obras de mejora para la reducción de la demanda de calefacción y refrigeración (hasta un 20% de la inversión, con un máximo de 5.000 euros, si se redujo al menos el 7% del gasto); la dirigida a reformas que reduzcan el consumo de energía primaria no renovable (hasta un 40% con 7.500 euros de tope si bajó al menos un 30% el consumo de energía) y la de rehabilitación energética de edificios de uso predominante residencial (hasta un 60% con un máximo de 15.000 euros si el ahorro fue de al menos un 30%). 

A los despachos profesionales que confeccionan estos días declaraciones de la renta, abierta ya la campaña, llegan contribuyentes que cambiaron sus ventanas, el aparato del aire acondicionado o el sistema de calefacción o se pusieron placas solares buscando ahorrar en la factura de la luz o el gas y quieren además que les suponga un ahorro fiscal.

Sin embargo, en algunos casos es complicado conseguirlo porque no se cumplió con algún papeleo de los necesarios. La deducción varía en función de la eficiencia conseguida y hay que demostralo.

Solo podrán meterse en la declaración las obras que se hayan realizado a partir del 6 de octubre de 2021, la fecha de entrada en vigor de las citadas deducciones, que terminan el 31 de diciembre de 2024.

"Hay que tener todo muy bien documentado con las deducciones energéticas de vivienda" (María Teresa Gómez, Colegio de Gestores Administrativos de Aragón)

Documentación para la deducción por rehabilitación antes de las obras

El problema más frecuente es que no se tenga un certificado energético de la vivienda anterior a las obras. Este será necesario para compararlo con el resultado de la obra y poder cuantificar el ahorro energético conseguido. "Hay que tener todo muy bien documentado con las deducciones energéticas de vivienda", apunta María Teresa Gómez, presidenta del Colegio de Gestores Administrativos de Aragón y La Rioja. Como pasos a seguir en la práctica recomienda:

1. Obtener el certificado inicial de eficiencia energética si no se dispone de él o tiene una antigüedad a superior a dos años.

2. Realizar la obra y conservar las facturas y justificantes de pago bancario (recibo bancario o transferencia bancaria) porque no sirve pagar en efectivo.

3. Certificado de eficiencia energética después de las obras.

4. Comprobar la reducción de consumo o cambio de calificación energética.

La Agencia Tributaria es clara al especificar en el 'Manual de Renta' de este año que "los certificados constituyen el único medio establecido por la Ley del IRPF para acreditar la reducción o mejora". Por tanto, "si no se dispone del correspondiente certificado previo al inicio de las obras o del expedido por el técnico competente con posterioridad a las mismas no queda acreditado el cumplimiento de los requisitos exigidos y, en consecuencia, no procede la aplicación de la deducción".

"Nos ha pasado con las placas solares para autoconsumo, que nos llama alguna persona para decirnos que acaban de instalárselas para que vayamos a hacerles el certificado y cuando le preguntamos si tiene el anterior nos dice que no" (Carlos Barboza, Colegio de Ingenieros Industriales de Aragón)

"Nos ha pasado con las placas solares para autoconsumo, que nos llama alguna persona para decirnos que acaban de instalárselas para que vayamos a hacerles el certificado y cuando le preguntamos si tiene el anterior nos dice que no", explica Carlos Barboza, experto en eficiencia energética del Colegio de Ingenieros Industriales de Aragón y La Rioja. El ingeniero cree que con el certificado energético "ha faltado información, pedagogía o publicidad". 

Otro de los casos en los que no se puede hacer nada se da si el cliente se ha confiado porque tenía un certificado viejo, llama a un técnico para que le emita el certificado posterior a las obras, pero " es de hace más de dos años". En ese caso no sirve. "Piensas que te valía y no te vale y ya no lo puedes hacer", lamenta el ingeniero y gerente de BS Asesores Energéticos.

Recalca que es necesario registrar el certificado en el Gobierno de Aragón. "Lo importante para la renta es que el certificado de antes esté registrado porque si no pierde validez al mes", advierte.

El contribuyente debe presentar otro documento más detallado de las modificaciones que han hecho en casa. En el 'anexo A.2' de la declaración la información que se solicita sobre el inmueble, el NIF o NIE de la persona o entidad que ha realizado las obras, las fechas de los certificados de eficiencia energética anterior y posterior a las obras, el consumo de energía primaria no renovable que figure en cada uno de ellos, la letra de la calificación energética obtenida y las cantidades satisfechas.

Casos en los que no se puede aplicar la deducción

La dirección general de Tributos ha ido respondiendo dudas de los profesionales y contribuyentes durante este tiempo. Los asesores fiscales también recuerdan que según Tributos, "en ningún caso una misma obra realizada en una vivienda podrá dar derecho a más de una de estas deducciones".

Si el inmueble tiene dos propietarios, cada uno se podrá deducir la parte proporcional en la renta, "con independencia de que la factura correspondiente a las obras se haya expedido únicamente a nombre de uno de los cotitulares de la vivienda".

No se pueden beneficiar de la deducción los nudos propietarios, usufructuarios e inquilinos. Tampoco se puede aplicar en viviendas de obra nueva ya que "al no existir en estos casos un certificado de eficiencia energética anterior y otro posterior a las obras, como exige la norma no puede acreditarse la correspondiente reducción o mejora respecto de la situación previa", detalla Hacienda en su manual.

Si se recibió una ayuda europea para las obras es necesario descontar su cuantía del coste y aplicar la deducción solo a la diferencia. Si embargo, se puede dar la circunstancia de que se aplique la deducción un año pero no se cobre la ayuda hasta el siguiente, cuando ya se presentó la declaración. En ese caso, los asesores fiscales recuerdan que Tributos explica que "se deberá regularizar la situación tributaria de forma que no se incluyan en la base de la deducción las cuantías correspondientes a dicha deducción".

Calendario de renta

De momento, solo se pueden presentar declaraciones por internet, en el apartado de Renta de la web de la Agencia (sede.agenciatributaria.gob.es) o la aplicación móvil. A partir del 3 de mayo se podrá pedir citar para la confección y presentación de declaraciones telefónica, con el llamado plan ‘Le Llamamos’, que comienza el 5 de mayo. No se puede atiende en las oficinas hasta el 1 de junio, con solicitud de cita a partir del 25 de mayo. 

El plazo para presentar la declaración termina el 30 de junio, aunque si el resultado es a ingresar y se quiere domiciliar el pago finaliza el 27 de junio.

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